La Audiencia Provincial de Valencia ha dictado sentencia contra dos individuos de 44 y 42 años de edad respectivamente por asesinato, hurto, tenencia ilícita de armas, ya en prisión preventiva, y los ha condenado a una El Fiscal pidió para cada uno una pena de 20 años de prisión, además de 18 meses y un año, respectivamente, por el hurto.
La sentencia relata como hechos probados en su exposición de los hechos cómo los dos condenados viajaron a bordo de un BMW desde el domicilio de uno de ellos en la localidad de Fuentes de Ebro (Zaragoza), hasta las instalaciones de una empresa en el Polígono Industrial de Fuente del Jarro, en Paterna, donde previamente habían contactado con el copropietario de dicha empresa, Vicente Hernandiz -la víctima- con la excusa de estar interesados en algunos de los productos que comercializa dicha empresa.
Nada más llegar a las instalaciones de dicha empresa tras tener que llamar a Vicente varias veces por el móvil para preguntarle cómo llegar porque se habían perdido, ambos hombres abordaron a la víctima, agarrándole uno de los asaltantes por ambos brazos mientras el otro le golpeaba y le clavaba un punzón en el muslo izquierdo. Finalmente le sustrajeron alianzas y otras joyas, la cartera, con varias tarjetas de crédito y 300 euros que el agredido acababa de sacar en el cajero de una sucursal bancaria de Paterna.
Los procesados procedieron entonces a registrar la nave de la empresa, abriendo los cajones de las mesas y las taquillas del piso superior de la misma. En un momento determinado y viéndose agredido de forma tan violenta, Vicente trató de huir y salió corriendo del taller, perseguido por uno de sus agresores que procedió a dispararle con un revólver del 38 especial que portaba, a poco más de metro y medio de distancia, alcanzándole en la aorta y el pulmón, lo que le provocó la muerte casi instantánea.
Los acusados huyeron precipitadamente del lugar dejando en el interior de la nave donde ocurrieron los hechos una bolsa con piezas de bisutería, un bolso de tela propiedad de P.P.S. donde habían introducido una báscula propiedad de la fábrica y un cuchillo con restos de sangre encima de una mesa.
Vicente Manuel Hernandiz Martínez contaba con 58 años de edad, estaba casado y tenía dos hijos mayores de edad.
La Audiencia hace constar en su sentencia el hecho de que, según los testimonios de la viuda de la víctima y sus hijos, éste comenzó a trabajar durante el año anterior a su fallecimiento con un tipo de cliente no habitual, de etnia gitana y que recababa trabajos de baños de oro de piezas de acero. Los atestados policiales, ratificados por los testigos pertenecientes al Grupo de Homicidios aluden precisamente a este tipo de actividad que permite obtener piezas de bisutería revestidas con un baño de oro de grosor superior a lo habitual y que pueden eludir las pruebas de verificación de autenticidad y que eran vendidas como si fueran de oro por personas de etnia gitana. Los acusados reconocieron conocer la actividad del finado y que vendían las piezas que les proporcionaba, pero en este último tema las versiones son muy contradictorias y no se ha podido esclarecer con demasiada exactitud el tipo de relación que unía a la víctima con sus asesinos.
La Audiencia ha condenado, finalmente, a P.P.S., autor material tanto de la herida primera con el punzón como del disparo con el revólver, a 4 años de cárcel por un delito de robo con violencia, 17 años más por asesinato y un año y medio por tenencia ilícita de armas, y a L.A.R., su cómplice, a 4 años por robo con violencia y a 12 años y medio por homicidio. Igualmente, han sido condenados a indemnizar a la familia de la víctima con una cantidad cercana a los 165.000 euros de forma solidaria. A ambos se les ha aplicado, a la hora de establecer las respectivas penas, una atenuante por ser drogodependientes.