- Durante casi un año los residentes de Bellavista estuvieron privados de recibir su correspondencia ordinaria en los buzones de sus viviendas
- Correos solo puede suspender el reparto domiciliario del servicio postal universal si cuenta con una autorización de la CNMC
En concreto, Correos y Telégrafos, dejó de repartir la correspondencia ordinaria en los buzones individuales de los residentes de la urbanización de Bellavista entre octubre de 2016 y julio de 2017 sin contar con la autorización de la CNMC. Durante este tiempo, los vecinos tuvieron que recoger su correspondencia en una oficina física de Correos y Telégrafos. Esta conducta supuso un incumplimiento de los principios, requisitos y condiciones relacionados con la prestación del servicio postal universal.
La CNMC recuerda que como regla general los envíos postales ordinarios deben hacerse en el buzón de cada una de las viviendas y sólo en los supuestos contemplados en la normativa pueden realizarse en instalaciones distintas al domicilio postal, previa autorización de esta Comisión y según recoge la Ley Postal.
Esta Resolución pone fin a la vía administrativa y la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A. puede interponer contra ella recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional, en el pazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.