5 de diciembre de 2025
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La jueza del caso DANA incluye la declaración de Mazón en Les Corts en la investigación

La jueza del caso de las inundaciones añade a la causa la comparecencia de Mazón en la comisión de Les Corts

La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Catarroja, que lleva la investigación sobre la gestión de las inundaciones causadas por la dana, ha incluido en el caso la grabación de la comparecencia del presidente en funciones de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, ante la Comisión de Investigación de Les Corts Valencianes. Esta decisión se tomó tras recibir el archivo audiovisual de la comparecencia de Mazón del 11 de noviembre, remitido por la cámara autonómica, en el contexto de la “Comisión de Investigación sobre las causas de las inundaciones ocurridas en octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana y la gestión realizada por las administraciones, así como las consecuencias y posibles actuaciones para la recuperación social y económica en las zonas afectadas”.

La magistrada había solicitado el 18 de noviembre, a pedido de la Associació Víctimes de la Dana 29 d’Octubre 2024, las grabaciones completas de las intervenciones de Mazón tanto en Les Corts como en el Congreso de los Diputados, aunque la del Congreso aún no ha sido recibida. La decisión de la jueza se fundamenta en un auto de la Audiencia Provincial de Valencia del 16 de octubre de 2025, que destacaba la importancia de esclarecer el proceso de deliberación y decisión seguido en la reunión del Cecopi el 29 de octubre de 2024. El auto señala que el presidente de la Generalitat tiene, según la ley, la máxima autoridad con funciones de dirección y coordinación y puede dar instrucciones a los miembros del Consell.

Aunque la relevancia de la comisión de Les Corts para la instrucción es “menor” que la del Congreso, se admitió por razones formales y materiales. La asistencia a cualquier comisión parlamentaria implica la obligación de decir verdad, y el Código Penal sanciona el falso testimonio, lo que le otorga una relevancia diferente a declaraciones fuera de una comisión, ya sean públicas o en entrevistas. Además, se recordó que el presidente de la Generalitat no utilizó la opción de declarar voluntariamente ante el Juzgado, lo que le habría eximido de declarar ante una comisión de investigación. La jueza consideró que las declaraciones son un elemento de prueba pertinente, dado el papel del presidente y sus afirmaciones sobre las decisiones en el Cecopi, que él consideró ajenas, así como el envío del mensaje Es Alert a las 20:11 horas.

Respecto a la intervención de Mazón ante la comisión del Congreso, la jueza señaló que hay declaraciones que no coinciden con la instrucción. Mencionó la diferencia entre llamadas canceladas y llamadas no atendidas, aportadas por la exconsellera investigada Salomé Pradas, realizadas al presidente a las 16:29, 19:10 y 19:36 horas.

La magistrada destacó la existencia de información sobre la grave situación, las previsiones meteorológicas, llamadas al 112, avisos de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) y llamadas al servicio de teleasistencia de familiares y usuarios fallecidos. También enfatizó la importancia de determinar el momento en el que se tuvo conocimiento de los fallecimientos, que, según sostenía, no podría ubicarse a partir de la madrugada del 30 de octubre, basándose no solo en las declaraciones públicas del presidente de la Generalitat en el Centro de Emergencias a las 00:35 horas, sino también en elementos documentados previamente en el tiempo.

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