El juzgado de Instrucción número 21 de Valencia ha desestimado la petición de la Fiscalía de reabrir el caso del accidente del metro de Valencia del 3 de julio de 2006, en el que murieron 43 personas, al considerar que la Fiscalía no ha aportado ningún argumento novedoso para reabrir la causa.
La juez, Nieves Molina, ya archivó la causa en febrero de 2008 al entender que la responsabilidad penal había quedado extinguida con el fallecimiento del conductor del convoy accidentado, decisión que fue ratificada dos meses después por la Audiencia Provincial.
En su auto hecho público hoy, se repasan las principales diligencias de investigación que se practicaron y el resultado de las mismas, se hace referencia a la jurisprudencia del Supremo relacionada con la posibilidad de reabrir los procedimientos judiciales y se analizan los argumentos de la Fiscalía.
El auto recuerda que estos hechos o datos novedosos aducidos por el Ministerio Público son tres: la existencia de un documento de fecha 15 de septiembre de 2005 firmado por el director adjunto de Explotación de Ferrocarrils de la Generalitat (FGV), la existencia de descarrilamientos previos de la unidad siniestrada y la omisión de los resultados del equipo de frenado automático puntual (FAP).
En opinión de la jueza, ninguno de estos tres argumentos resulta novedoso o justifica la reapertura del proceso, y por ello subraya el planteamiento “insólito” del Ministerio Fiscal hecho público el pasado mes de julio.
Contra esta resolución cabe recurso de reforma ante este mismo juzgado, que deberá ser interpuesto en el plazo de tres días, o en su caso de apelación ante la Audiencia Provincial en cinco días.