– El auto estima que se ha respetado el principio de proporcionalidad
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 5 de València ha ratificado las medidas adoptadas por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública en su resolución de 1 de septiembre, por la que se dejaba sin efecto la resolución de 30 de agosto y se establecían nuevas medidas en el municipio de Benigànim como consecuencia de la situación de crisis sanitaria por la COVID-19.
En el auto consta que, en la motivación de dicho acto administrativo, se especifica que “el confinamiento de la población tiene carácter perimetral y que se permite la circulación de personas residentes dentro del núcleo de población, si bien se desaconsejan los desplazamientos y la realización de actividades prescindibles”.
La nueva regulación ratificada permite la asistencia a lugares de culto, con un tercio del aforo, garantizando la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros y uso de mascarillas.
El auto considera que se ha respetado el principio de proporcionalidad, de manera que estima que las medidas adoptadas son “adecuadas al objeto pretendido” y que no consta “la posibilidad de unas medidas menos gravosas o lesivas para la consecución del objetivo propuesto”.
El ministerio fiscal también se pronunció en el procedimiento a favor de la ratificación de las medidas adoptadas por la Conselleria de Sanidad Universa
La Justicia ratifica las medidas adoptadas por Sanidad como consecuencia de la evolución de la pandemia en Benigànim