16 de junio de 2014
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Lluís Torró: “El Consell sabe que el recurso contra la sentencia de VAERSA ​​es ridículo y está condenado a un estrepitoso fracaso”

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha prohibido a los técnicos de Vaersa realizar los estudios de impacto ambiental. El TSJ considera que se extralimitaron en sus funciones y que debieron ser funcionarios de la administración autonómica los que realizaran esos estudios. La sentencia afecta a cientos de proyectos urbanísticos como el aeropuerto de Castellón o el Plan General de Ordenación Urbana de Alicante. La Abogacía de la Generalitat recurrirá la sentencia, según ha anunciado hoy la portavoz del Consell Mª José Catalá.

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El diputado autonómico de EUPV, Lluís Torró, ha aireado esta tarde un informe de la Abogacía de la Generalitat con fecha de 12 de junio que pone en cuestión el anuncio de la portavoz del Consell, María José Catalán, de la interposición de un recurso contra la sentencia sobre VAERSA ​​dictada por el Tribunal Superior de Justicia. Para Torró, el informe “contradice al Consell en todo, empezando por que la Abogacía desaconseja claramente recurso”. El parlamentario autonómico ha acusado al Consell de ampararse “en un órgano jurídico manipulando alegremente sus conclusiones”. “Es muy grave lo que ha anunciado María José Catalán para que el propio Consell ya sabe que el recurso fracasará”, ha afirmado Torró “.

El diputado y portavoz adjunto de EUPV en las Cortes Valencianas considera que el Consell “sabe que el recurso contra la sentencia de VAERSA ​​es ridículo y está condenado a un estrepitoso fracaso”. “Están intentando desviar la atención del gravísimo problema que supone esta sentencia del TSJ porque afecta a varias empresas públicas”, ha declarado Torró quien prevé un “auténtico terremoto administrativo en el seno de la Generalitat debido a la incompetencia y la mala fe del PP “.

Torró también ha destacado la advertencia de que la Abogacía de la Generalitat incluye en el informe hecho público hoy: “el recurso de casación, como ha señalado reiteradamente el Tribunal Supremo, no constituye una nueva instancia, y como recurso extraordinario que es , sólo puede ampararse en los motivos previstos por la Ley “.

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