¿Qué plazo tengo para entregar la declaración de la renta en España?
Del 7 abril al 30 de junio La campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2014 (se presenta entre abril y junio de 2015) Os dejamos algunas fechas clave para la presentación de la declaración.
07-04-2015 Inicio servicios telemáticos borrador. Información teléfono RENTA
- Obtención del número de referencia del Borrador y/o Datos fiscales (RENØ) por Internet:del 7 de abrilal 30 de junio(24h).
- Confirmación de borradores por teléfono, en el 901 200 345 (de L a V de 9 a 21h), y por internet: del 7 de abrilal 30 de junio.
- Confirmación de borradores a devolver en el teléfono automatizado 901 12 12 24 o por SMS:del 7 de abrilal 30 de junio(24h).
- Modificación de borradores por teléfono en el 901 200 345 (de L a V de 9 a 21h):del 7 de abrilal 30 de junio.
- Modificación de borrador por Internet:del 7 de abrilal 30 de junio(24h).
- Servicio telefónico de información tributaria de RENTA 901 33 55 33 (L a V de 9 a 19h).
Calendario
– Del 7 abril al 30 de junio
Solicitud de borrador de la renta y confirmación por internet de las declaraciones de renta 2014 y Patrimonio 2014 cualquiera que sea su resultado (ingresar, devolver o negativo). Si el borrador de declaración implica una cantidad a ingresar y su pago se domicilia en cuenta, la confirmación del borrador deberá realizarse hasta el 25 de junio de 2014. El plazo será hasta el 30 de junio si se confirma el borrador y o se presenta la declaración con resultado a devolver, si se renuncia a la devolución, con resultado negativo o bien a ingresar sin domiciliación bancaria.
A partir del 7 de abril se puede solicitar el borrador: quienes marcaron el año pasado la casilla para recibirlo, lo harán por correo ordinario. Además, se puede solicitar por internet usando distintos sistemas de identificación.
– Del 11 de mayo al 30 de junio
Confirmación del borrador de declaración por cualquier otra vía, cualquiera que sea su resultado, a ingresar, a devolver o negativo.
Presentación presencial en entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT del borrador y de la declaración anual 2014: D-100.
Entre las herremientas que se pueden utlizar, la Agencia tributaria ha puesto en marcha un simulador para el contribuyente que permite la realización de cálculos.
07-04-2015 Descarga gratuita del Programa PADRE por InternetDescarga gratuita del Programa PADRE por Internet, desde el 7 de abril.
7-04-2015 Inicio presentación telemática declaraciones (PADRE)Presentación de declaraciones Renta 2014 confeccionadas con el programa PADRE, o con otros programas informáticos homologados, exclusivamente por Internet: del 7 de abrilal 30 de junio(24h).
Presentación de declaraciones de Patrimonio 2014, exclusivamente por Internet: del 7 de abrilal 30 de junio(24h).
06-05-2015 Inicio presentación de declaraciones no telemáticas. Apertura petición de cita previaPresentación de declaraciones no telemáticas Renta 2014 y Patrimonio 2014 en Oficinas, Entidades Financieras y otras colaboradoras: del 6 de mayo al 1 de julio.
Inicio del servicio de petición de Cita Previa para confección de declaraciones y modificación de borradores. Internet (24h) o llamando al 901 12 12 24 (24h) o al 901 22 33 44 (L a V de 9 a 19h):del 6 de mayoal 29 de junio.
11-05-2015 Inicio confección declaraciones en OficinasInicio del servicio de confección de declaraciones y modificación de borradores en oficinas de la Agencia Tributaria y de otras administraciones (CCAA y CCLL) que colaboran en la prestación del servicio, PREVIA CITA:del 11 de mayoal 29 de junio.
25-06-2015 Fecha límite domiciliación bancariaÚltimo día para presentar declaraciones a ingresar, con domiciliación bancaria.
29-06-2015 Último día para solicitar Cita previa para atención en oficinasÚltimo día para solicitar Cita previa para atención en oficinas.
30-06-2015 FIN CAMPAÑA RENTA 2014 Último día para presentar Declaraciones de Renta 2014 y de Patrimonio 2014.
FIN DE LA CAMPAÑA DE RENTA 2014
Web para la obtención del borrador, confirmación, modificación, etc…
Agencia Estatal de Administración Tributaria en Internet, en la dirección electrónica
https://www.agenciatributaria.gob.es , desde el 7 de abril hasta el 30 de junio de 2015.
Para obtener el número de referencia que les permita acceder por Internet a su borrador o datos fiscales, los contribuyentes deberán comunicar su Número de Identificación Fiscal (NIF), el importe de la casilla 620 de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2013.
¿Pueden todas las personas confirmar el borrador de la renta?
No. Están obligados a presentar declaración en modelo ordinario (no pueden presentar el borrador):
1. Los contribuyentes que desarrollen actividades económicas.
2. Quienes perciban rendimientos de capital mobiliairo no sujetos a retención o ingreso a cuenta.
3. Quienes hayan tenido ganancias patrimoniales no sujetas a retención o ingreso a cuenta y cualquier tipo de subvención calificada como rendimiento de actividades económicas.
4. Los contribuyentes con imputación de rentas inmobiliarias que procedan de más de 8 inmuebles.
5. Los contribuyentes perceptores de rendimientos de capital inmobiliario, en todos los casos y/o de rendimientos derivados de arrendamientos o cesión de bienes.
6. Los socios, herederos, comuneros o partícipes de entidades en régimen de atribución de rentas que realicen actividades económicas.
¿Se puede hacer la declaración de renta por Internet?
Sí. La dirección de la Oficina Virtual de la Agencia Tributaria es http://www.aeat.es/. También se pueden obtener los formularios a través de Internet y luego entregarlos en su banco o Hacienda. La Agencia Tributaria se pone a disposición de los contribuyentes que quieren formular consultas acerca de su declaración.
¿Cuál es el Programa Declaración Renta?
El Programa Padre, Declaración de la Renta, se puede bajar desde la página de la Agencia Tributaria. Permite de forma sencilla y fácil hacer su declaración de la renta en España. El programa Padre y los formularios para la declaración se descargan desde aquí. Esta formula le permite hacer la declaración de la Renta por Internet y constituye un simulador de declaración de la renta totalmente validado por Hacienda. También se puede adquirir el programa en forma de CD en las oficinas de la Agencia y algunos estancos.
¿Tiene que hacer la declaración de la renta todo el mundo?
Están obligados a declarar todos los contribuyentes personas físicas residentes en España, excepto los que hayan percibido, exclusivamente, rentas procedentes de:
1. Rendimientos del trabajo personal que no superan los 22.000 euros anuales.
2. Rendimientos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.
3. Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales.
No tendrán que presentar declaración en ningún caso quienes obtengan rendimientos del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales, que conjuntamente no superen los 1.000 euros ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
No obstante, aunque no resulten obligados a declarar, todos los contribuyentes que tengan derecho a recibir una devolución tienen que confirmar el borrador o presentar la declaración la declaración para obtener su devolución.
¿Se puede hacer la declaración por teléfono?
Sí. Para realizar la declaración de la renta por telefono, debe llamar al 901 200 345 antes del 30 de junio 2015.
Soy residente extranjero, vivo en España y recibo una pensión mensual de Inglaterra. ¿Tengo que declarar mi renta en España?
No. Si cobra su pensión en Inglaterra, tiene que cumplir con la normativa fiscal de dicho país con respecto a su renta. Solo tiene que declarar en España aquellos ingresos que percibe de un trabajo o una pensión en este país.
Calendario_contribuyente_2014 EN PDF
Novedades en la presentación
– Sistema Cl@ve
Es la plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal. Se puso en marcha para que elciudadano pueda identificarse, autentificarse y tener firma electrónica mediante el uso de claves concertadas, abierta a su utilización por parte de todas las Administraciones Públicas.
El primer paso consiste en identificarse en el sistema Cl@ve y a partir de ahí se podrá obtener un PIN válido 24 horas que dará acceso a los servicios de la Agencia Tributaria con Cl@ve PIN.
– Otros sitemas de identificación: las personas físicas disponen además del sistema Cl@ve, del DNI electrónico, certificado electrónico o número de referencia, para presentar en su caso, declaraciones informativas o autoliquidaciones.
El conocido como sistema RENO (número de referencia) es el más usado: para obtenerlo, el contribuyente necesitará el NIF, el importe de la casilla 415 de la declaración del correspondiente al ejercicio 2013 y un número de teléfono móvil a donde se enviará.
– Se prorroga la presentación del Impuesto sobre el Patrimonio 2014, modelo 714, que se restableció con carácter temporal para los ejercicios 2011 a 2013.
– Se mantiene efectiva la desaparición total del papel impreso rellenado a mano. Si se va a presentar la declaración en papel, se mantiene la obligación de que el impreso se haya rellenado utilizando el programa PADRE o cualquier otro programa de ayuda
Novedades en rendimientos de trabajo
– Exenciones: Se limita a 180.000 euros el importe de la exención de las indemnizaciones por despido.
– No se consideran rendimientos del trabajo en especie ni, por tanto, tributan las cantidades pagadas a los empleados en 2014 para formar a los empleados en el uso de nuevas tecnologías.
– Nueva regla especial de valoración de la retribución en especie derivada de la utilización de vivienda que no sea propiedad del pagador: el coste para el pagador
Mínimo personal y familiar
– Cantabria ha regulado las cuantías del mínimo familiar
– Castilla-La Mancha ha regulado las cuantías del mínimo por descendientes
Deducción por familia numerosa o familiar con discapacidad
– La reforma fiscal incluyó nuevas ayudas en el IRPF para personas que tengan familias numerosas o dependientes a su cargo.
Las nuevas deducciones, conocidas como ‘impuestos negativos’, darán derecho a 1.200 euros anualesque se podrán recibir en 100 euros mensuales. Para su anticipo, se tendrá que utilizar el modelo 143: “IRPF. Deducción por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Abono anticipado de la deducción”.
Ganancias exentas
– Quedan exentas las ganancias patrimoniales derivadas de la dación en pago de la vivienda habitual del deudor o garante o de la transmisión de vivienda realizada en ejecuciones hipotecarias.
– También están exentas las gananias patrimoniales de las venta a partir del 7 de julio de 2014 de acciones o participaciones de empresas de nueva creación que hayan permanecido en el patrimonio del contribuyente por un período superior a tres años.
Compensación de rentas
Se establece un régimes especial de integraión y comepsnación de pérdidas de rentas negativas para titulares de prederentes o de acciones recibidos en canje desde 2010.
Cuidado con los números fraudulentos de información
La Agencia Tributaria advierte de los números de teléfonos fraudulentos para pedir cita previa y recuerda que el teléfono del servicio de cita previa es el 901 200 351
Comunidades de propietarios
Como novedad, se amplía al modelo 190 (comunidades de propietarios con hasta 15 registros) la posibilidad de utilizar el envío de un mensaje SMS como forma de presentación.