La UDEF atribuyó a la mujer una billetera digital por la que habían circulado más de 21 millones de dólares, pero posteriormente reconoció un error de transcripción de datos. La pareja, detenida en enero de 2025 durante una operación internacional contra el blanqueo, continúa investigada y reclama el levantamiento de los embargos sobre sus bienes.
Valencia, 16 de octubre de 2026. Un matrimonio de origen chino residente en L’Eliana permaneció cinco meses en prisión provisional después de ser detenido en una operación internacional contra el blanqueo de capitales. La investigación policial había vinculado a la mujer con una billetera de criptomonedas por la que circularon más de 21,5 millones de dólares, una atribución que posteriormente fue rectificada por la propia Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional.
La pareja fue arrestada el 14 de enero de 2025 durante la denominada Operación Karasu, coordinada judicialmente desde Almería y desarrollada con participación de Europol.
Los dos investigados, antiguos agentes policiales en China, fueron enviados a prisión provisional al día siguiente.
La investigación continúa abierta, pese a que la UDEF reconoció posteriormente un error material relacionado con la identificación de la billetera digital.
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Una operación internacional contra el blanqueo de capitales
La Operación Karasu investigaba una presunta organización internacional dedicada al blanqueo de dinero mediante mecanismos de banca clandestina.
Uno de los sistemas investigados era el conocido como hawala, un método de transferencia de fondos basado en redes de intermediarios.
Este mecanismo puede utilizarse para operaciones legítimas, pero también puede ser aprovechado por organizaciones criminales para dificultar el seguimiento del dinero.
La operación policial se desarrolló en varias provincias españolas y se saldó con 17 detenciones.
Entre los arrestados se encontraba el matrimonio residente en L’Eliana.
La Policía Nacional registró su domicilio el 14 de enero de 2025, en un dispositivo en el que participaron unidades especializadas y efectivos vinculados a la cooperación policial europea.
La billetera digital que originó la vinculación
El elemento central de la investigación contra la mujer era una dirección de criptomonedas de la red TRON.
Los investigadores le atribuyeron una billetera por la que habían circulado 21.514.321 dólares en la criptomoneda estable USDT.
La cuenta fue considerada inicialmente un posible instrumento de tránsito de fondos relacionado con la organización investigada.
La defensa sostiene que esa atribución fue determinante para vincular al matrimonio con la presunta trama.
Sin embargo, una dirección de criptomonedas no permite identificar por sí sola a su titular real.
Para establecer quién controla una billetera digital pueden ser necesarios registros técnicos, documentación de plataformas, información sobre dispositivos y otros elementos probatorios.
Cinco meses en prisión provisional
Tras su detención, el matrimonio ingresó en prisión provisional el 15 de enero de 2025.
Permaneció encarcelado hasta junio, cuando obtuvo la libertad provisional después de depositar una fianza de 60.000 euros.
Durante ese periodo, ambos mantuvieron su inocencia respecto a las acusaciones que se les atribuían.
La defensa cuestiona que la investigación contara con pruebas independientes suficientes para relacionarlos con el control de la billetera digital.
El ingreso en prisión provisional constituye una medida cautelar acordada judicialmente y no una declaración de culpabilidad.
La cuenta siguió realizando operaciones mientras estaban encarcelados
Uno de los elementos aportados por la defensa es la actividad registrada en la billetera durante el periodo en que el matrimonio permanecía en prisión.
Según la información publicada, la dirección realizó 38 transferencias por un importe superior a 691.000 dólares durante esos meses.
El abogado considera que estos movimientos cuestionan la hipótesis de que la mujer controlara personalmente la cuenta.
No obstante, la actividad de una billetera mientras una persona está encarcelada no permite identificar automáticamente quién realizó las operaciones.
La valoración de ese dato requiere examinar la información técnica disponible y las posibles formas de acceso a los fondos.
La UDEF reconoce un error de transcripción
La investigación experimentó un cambio relevante en diciembre de 2025.
Según la documentación recogida en las informaciones periodísticas, la UDEF reconoció un error involuntario de transliteración y volcado de datos.
La rectificación indicaba que la mujer no era titular de la billetera inicialmente atribuida, sino que figuraba como emisora de una transacción concreta.
En marzo de 2026, la Policía calificó la incidencia como una subsanación de error material.
La Fiscalía asumió posteriormente esa consideración, según las informaciones publicadas.
La diferencia entre ser titular de una billetera que mueve millones de dólares y aparecer vinculada a una operación aislada resulta esencial para valorar la participación que pudiera corresponder a una persona.
Sin embargo, la rectificación no ha provocado automáticamente el archivo del procedimiento.
Un hijo de ocho años separado de sus padres
La detención también tuvo consecuencias familiares.
El matrimonio tenía un hijo de ocho años que quedó bajo la atención de los servicios de protección de menores tras el arresto.
El niño permaneció aproximadamente dos meses en un centro de acogida de la Generalitat Valenciana.
Posteriormente se gestionó su traslado a China para quedar al cuidado de familiares.
La separación familiar constituye uno de los principales perjuicios personales denunciados por la pareja.
Más de 750.000 euros en bienes bloqueados
La situación económica del matrimonio continúa condicionada por las medidas cautelares adoptadas en la causa.
Según la información publicada, los bienes bloqueados superan los 750.000 euros.
La pareja también denuncia dificultades para afrontar sus obligaciones hipotecarias, fiscales y laborales.
El embargo judicial tiene carácter cautelar y no equivale a una confiscación definitiva ni a una declaración de culpabilidad.
Su mantenimiento depende de las decisiones del órgano judicial competente y de las circunstancias de la investigación.
La defensa solicita el sobreseimiento
El abogado del matrimonio ha solicitado el archivo de las actuaciones respecto a sus representados.
También ha cuestionado la permanencia de los embargos después de la rectificación policial.
Entre las cuestiones planteadas figura la necesidad de examinar los documentos originales de las plataformas de criptomonedas utilizados en la investigación.
La defensa considera que esos archivos pueden resultar relevantes para aclarar cómo se produjo la atribución inicial de la billetera.
La causa continúa bajo la jurisdicción de los órganos judiciales de Almería.
Un procedimiento pendiente de resolución
El matrimonio permanece en libertad provisional, pero continúa investigado judicialmente.
La defensa reclama que se revisen las consecuencias de la identificación errónea y se resuelvan las medidas cautelares que afectan a su patrimonio.
Por el momento, no consta una resolución definitiva que declare concluido el procedimiento respecto a ambos investigados.
El reconocimiento policial de un error material constituye un elemento relevante para la investigación, pero corresponde a los tribunales determinar su alcance jurídico, la posible existencia de otros indicios y la procedencia de mantener o levantar las medidas cautelares.







