26 de noviembre de 2025
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Un vecino deberá pagar la derrama de la caldera pese a no usar la calefacción: la Audiencia considera que mejora el edificio

Un vecino deberá pagar la derrama de la caldera pese a no usar la calefacción: la Audiencia considera que mejora el edificio

La Audiencia Provincial de Oviedo obliga a un propietario a abonar la derrama para sustituir la caldera del inmueble, aunque no utilice la calefacción de la comunidad. El tribunal señala que se trata de una obra necesaria en un elemento común que mejora el edificio y, por tanto, debe sufragarse por todos los propietarios.

Un propietario se negaba a pagar porque no usa el sistema

La Audiencia Provincial de Oviedo ha dado la razón a una comunidad de vecinos que aprobó una derrama para renovar la caldera del edificio y que uno de los propietarios —titular de varios locales comerciales— se negaba a abonar. El afectado impugnó el acuerdo alegando que no utiliza la calefacción y que, según los estatutos, no le correspondía pagar esos gastos.

El juez de Primera Instancia nº 1 de Siero le dio inicialmente la razón, anulando el acuerdo y eximiéndole del pago. Sin embargo, la Audiencia Provincial revocó la decisión y obliga al propietario a abonar su parte proporcional.

El artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal es claro

El tribunal recuerda que el artículo 9.1.e de la Ley de Propiedad Horizontal obliga a todos los propietarios a contribuir a los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, «salvo disposición en contrario en los estatutos».

En este caso, los estatutos de 1977 establecían que los locales podían instalar calefacción «cuando lo estimen oportuno» y que deberían costearla «a su costa». Pero la Audiencia aclara que esto no significa que estén exentos de sufragar obras generales en elementos comunes, sino únicamente del uso o mantenimiento ordinario del servicio.

La sustitución de la caldera es una mejora necesaria

La sentencia cita jurisprudencia del Tribunal Supremo y subraya que la sustitución de un elemento común debe seguir el mismo régimen que una nueva instalación cuando venga impuesta por razones de necesidad, como en este caso.

El tribunal concluye que el cambio de caldera mejora el edificio y aumenta el valor de todos los elementos privativos, incluidos los locales comerciales. Por ello, el propietario debe contribuir al gasto igual que el resto de la comunidad.

No es una sentencia firme

La resolución todavía no es firme, ya que contra ella cabe interponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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