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El TSJCV desestima el recurso de Acció Ecologista-Agró y concluye que el proyecto de 2021 no obligaba a tramitar una nueva declaración de impacto ambiental
El proyecto de ampliación norte del Puerto de Valencia ha recibido un nuevo respaldo judicial. El TSJCV ha rechazado el recurso de Acció Ecologista-Agró contra la construcción del nuevo muelle de contenedores y considera válida la declaración de impacto ambiental aprobada en 2007.
La sentencia afecta a una actuación cuyo presupuesto de licitación supera los 660 millones de euros y que fue aprobada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia el 2 de diciembre de 2022.
El tribunal concluye que, pese a los cambios introducidos en el proyecto redactado en 2021, la actuación seguía formando parte del mismo proyecto evaluado ambientalmente años antes.
Las modificaciones eran importantes, pero no suficientes para exigir otra evaluación
El propio TSJCV reconoce que el proyecto de 2021 incorporaba cambios de “muy notable envergadura” respecto al planteamiento inicial.
La cuestión, sin embargo, no era únicamente el tamaño de esas modificaciones, sino si podían considerarse un proyecto diferente desde la perspectiva ambiental.
Los magistrados concluyen que no.
A su juicio, las novedades introducidas no suponían efectos adversos significativos que hicieran necesaria una nueva declaración de impacto ambiental ni una evaluación simplificada.
La DIA de 2007 seguía teniendo validez
La Sala sostiene que la declaración de impacto ambiental del 30 de julio de 2007 continuaba vigente cuando se aprobó el proyecto en 2022.
Uno de los argumentos empleados es que las obras de la primera fase previstas en aquella declaración todavía no habían terminado y que la segunda fase pertenecía a la misma actuación.
Esta interpretación resulta decisiva, ya que considerar la ampliación como un proyecto distinto habría obligado a someterla a una nueva evaluación ambiental.
Diferencias entre los informes presentados
La sentencia analiza especialmente el informe de un perito judicial designado por la propia Sala.
Aunque ese dictamen defendía la necesidad de una nueva DIA, el TSJCV considera que no desarrolló con suficiente profundidad varias cuestiones concretas, como el impacto del tráfico marítimo sobre las emisiones, la utilización de recursos naturales, los vertidos al litoral, los residuos o una hipotética afección al Parque Natural de l’Albufera.
Además, el tribunal señala que ese informe se apoyaba en otro presentado por Acció Ecologista-Agró que no incorporaba al análisis determinadas modificaciones del proyecto introducidas en 2020.
El tribunal respalda otros dictámenes
Frente a ese peritaje, la Sala concede mayor valor a otro informe encargado por la Autoridad Portuaria y firmado en febrero de 2022.
El TSJCV califica ese dictamen como “solvente” por su metodología y por sus conclusiones.
También valora una nota técnica de abril de 2021 vinculada a la planificación del proyecto y conformada por el presidente de Puertos del Estado.
Con todo ello, la Sala concluye que no se ha acreditado que exista un nuevo proyecto a efectos medioambientales y desestima el recurso presentado por Acció Ecologista-Agró.
La resolución todavía puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo mediante recurso de casación.



