El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana,sección quinta de la sala de Lo Contencioso Administrativo sobre la reclamación de los abogados del turno de oficio en relación con las retribuciones acordadas por la Administración.
Ha estimado en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Consejo Valenciano de Colegios de Abogados contra la Orden 2/2012, de 17 de enero, de la Consellería de Justicia y Bienestar de la Generalidad Valenciana, por la que se establecen los módulos de compensación económica aplicable a actuaciones del turno de oficio y asistencia al detenido o preso por los Procuradores y Abogados de la Comunidad Valenciana, debemos anular y anulamos parcialmente dicha norma, manteniendo en la misma la retribución relativa a “Transacciones extrajudiciales” para Abogados en los términos fijados por la Orden de 7 de noviembre de 2005.