29 de agosto de 2026
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Antifraude archiva la investigación sobre la contratación de la pareja de Pérez Llorca en la Diputación de Valencia

La Agencia Valenciana Antifraude concluye que se cumplieron los requisitos de acceso, convocatoria e idoneidad, aunque deja dudas sobre la urgencia con la que se justificó la comisión de servicios

La Agencia Valenciana Antifraude ha archivado la investigación abierta sobre la contratación temporal en la Diputación de Valencia de la pareja del presidente de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, al considerar que no existen indicios razonables de irregularidad en el procedimiento.

La resolución concluye que se cumplieron los requisitos exigidos para acceder a la plaza de secretaria de dirección, así como las condiciones de publicidad de la convocatoria y la acreditación de la idoneidad de la candidata.

Antifraude señala, no obstante, que mantiene dudas sobre la justificación de la urgencia con la que se recurrió a una comisión de servicios para cubrir el puesto.

La plaza se creó seis meses antes de convocarse

Uno de los aspectos analizados por la agencia es precisamente el tiempo transcurrido entre la creación de la plaza y su cobertura provisional.

La plaza fue creada el 23 de julio de 2025, pero no se publicó para su cobertura temporal hasta el 27 de enero de 2026.

Antifraude considera que ese periodo de aproximadamente seis meses resulta “difícilmente conciliable” con la condición de urgencia e inaplazabilidad exigida para recurrir a una comisión de servicios.

La resolución señala que no consta una motivación específica que explique esta demora.

Aun así, esta circunstancia no ha sido considerada suficiente para concluir que existió una irregularidad.

Antifraude da por cumplida la publicidad de la convocatoria

La agencia sí considera acreditado el requisito de publicidad.

La plaza fue ofertada públicamente el 28 de enero de 2026 a las 9:54 horas mediante un anuncio publicado en la página web de la Diputación de Valencia.

Por tanto, Antifraude considera que el procedimiento no se desarrolló de manera reservada ni sin convocatoria pública.

El informe de idoneidad fue legal

Otro de los aspectos cuestionados era la ausencia de un baremo de puntos para elegir a la persona seleccionada.

El sistema utilizado por la Diputación se basó en un informe de idoneidad elaborado por el superior jerárquico.

Antifraude concluye que este procedimiento “no vulnera ningún precepto legal”.

La agencia recuerda que el Tribunal Supremo diferencia entre un concurso de méritos, que sí requiere baremos, puntuaciones y una valoración reglada, y una comisión de servicios, que tiene carácter provisional y permite un sistema distinto.

La pareja de Pérez Llorca era la candidata con más experiencia

Antifraude también analizó si la persona seleccionada cumplía los requisitos profesionales establecidos.

La resolución señala que se acreditó su pertenencia al subgrupo C1 como funcionaria de carrera, requisito indispensable para ocupar el puesto.

Uno de los aspirantes fue excluido precisamente por no acreditar esa condición.

Además, según el informe de 13 de febrero de 2026, la pareja de Pérez Llorca era la candidata con mayor experiencia en puestos administrativos C1 y en funciones específicas de secretaría de dirección entre los cinco aspirantes que se presentaron.

Por ello, Antifraude considera acreditada también su idoneidad para el puesto.

No se presentó a la convocatoria definitiva

La plaza temporal debía ser posteriormente ofertada mediante los procedimientos ordinarios de provisión definitiva.

Ese requisito también se cumplió.

La Diputación incluyó la plaza en la convocatoria para su cobertura definitiva mediante un decreto de Presidencia fechado el 5 de marzo de 2026.

La pareja de Pérez Llorca no se presentó a esa convocatoria y dejó de ocupar el puesto temporal.

Este hecho tiene una importancia especial en la decisión final de Antifraude.

La agencia considera que el objeto de la investigación ha decaído porque la persona sobre la que recaía la sospecha de un posible trato de favor ya no aspira a quedarse definitivamente con la plaza.

La coincidencia con la llegada de Pérez Llorca a la Generalitat no prueba irregularidades

La investigación también analizó la proximidad temporal entre el nombramiento de Juanfran Pérez Llorca como presidente de la Generalitat y la convocatoria de la comisión de servicios.

Antifraude concluye que esa coincidencia temporal no constituye por sí sola un indicio de irregularidad.

La agencia reconoce que permanece sin resolver la cuestión de por qué se recurrió a una fórmula de cobertura urgente después de haber transcurrido varios meses desde la creación de la plaza.

Pero subraya que esa duda tampoco demuestra que existiera una actuación irregular o un trato de favor.

Antifraude archiva el expediente

La resolución concluye finalmente que no existen “indicios razonables de veracidad” suficientes para continuar investigando los hechos denunciados.

Por ello, la Agencia Valenciana Antifraude acuerda archivar las actuaciones.

El organismo deja abierta, no obstante, la posibilidad de reabrir el expediente si en el futuro aparecen nuevas pruebas o indicios que permitan cuestionar la legalidad del procedimiento.

Así, el caso queda cerrado por ahora con una conclusión clara: Antifraude no aprecia irregularidades en la contratación de la pareja de Pérez Llorca, aunque sí señala dudas sobre la justificación de la urgencia utilizada para recurrir a una comisión de servicios.

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