La Audiencia Provincial de Castellón ha sentenciado a DCS como autora responsable de una falta de lesiones y de dos faltas de injurias a la pena, de un mes de multa ,a la pena de diez días de multa con la misma cuota diaria, responsabilidad personal subsidiaria y por vía de responsabilidad civil a indemnizar la cantidad de 245,00 euros por las lesiones causadas.
Dicha resolución declaro probados los siguientes hechos:
Probado y así se declara, ,tras la prueba practicada, que en 2012, DCS tiró una piel de melón mordida desde su ventana al patio de la vivienda donde residen las dos mujeres, ante lo cual éstas la cogieron en una bolsa y llamaron al timbre de la Sra. Cortés ante la indignación por tal hecho, no aislado. Al final la Sra. Cortés bajó a la calle y las tres mantuvieron una discusión por lo acontecido, y reiterando expresiones dirigidas a Elena y a Alejandra tales como “bolleras, tortilleras de mierda” agarró a la primera de la cara y le arañó, sufriendo a consecuencia de tales hechos lesiones consistentes en ambas mejillas.