valencianoticias.com | Miércoles, 19 de agosto de 2026
La Audiencia Provincial de Castellón impone al procesado una indemnización de 10.000 euros para las víctimas y órdenes de alejamiento. El tribunal da plena credibilidad al testimonio de las hermanas, sometidas a abusos bajo la amenaza de retirar la custodia a su madre.
Redacción | valencianoticias.com Miércoles, 19 de agosto de 2026
Firme resolución judicial ante un grave delito contra la libertad e indemnidad sexual de menores en el entorno doméstico. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a 17 años y medio de prisión por dos delitos continuados de agresión sexual a un hombre que sometió a tocamientos y vejaciones de índole sexual a dos hermanas gemelas de diez años con las que convivió entre septiembre y noviembre de 2024 en la capital de la Plana.
Según ha informado de forma oficial el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), la sentencia establece asimismo que el penado deberá abonar una indemnización de 5.000 euros a cada una de las niñas en concepto de daños morales. De igual modo, el fallo judicial decreta la prohibición expresa de comunicarse o aproximarse a menos de 500 metros de las víctimas por un periodo superior en cuatro años al tiempo de cumplimiento de la pena de cárcel. La sala le impone además la inhabilitación especial para cualquier profesión o actividad que conlleve contacto directo con menores durante cinco años tras salir del centro penitenciario.
[Vehículo patrulla de la Policía Nacional con las luces de emergencia activadas estacionado ante la fachada de la Audiencia Provincial de Castellón]
Abusos continuados en la vivienda y chantaje emocional
Los hechos probados se desencadenaron en septiembre de 2024, cuando el procesado y su esposa acogieron en su vivienda a la madre de las menores y a las dos niñas tras una disputa familiar de esta con la abuela materna. Aprovechando el periodo de convivencia temporal, el condenado acosaba a las gemelas en los momentos en que se duchaban y la madre no se encontraba cerca, abordándolas para realizarles tocamientos e imponerles besos. Pese a que las hermanas intentaban impedirle el acceso al cuarto de baño, el agresor se imponía alegando que era su domicilio y reteniéndolas por la fuerza mientras les tapaba la boca si pretendían pedir auxilio.
En diversas ocasiones, el individuo trasladó los ataques a una de las camas del inmueble. Para garantizar su silencio y evitar que denunciaran la situación, el hombre ejercía un severo chantaje emocional sobre las pequeñas, amenazándolas con que si relataban lo sucedido a su madre provocarían que la administración le retirara la patria potestad y las separara definitivamente de ella.
El tribunal avala sin fisuras el testimonio de las víctimas
En su fundamento jurídico, la Sección Segunda de la Audiencia de Castellón remarca que la prueba de cargo decisiva del procedimiento son las declaraciones prestadas por las propias menores. Los magistrados subrayan la absoluta credibilidad de su relato, concluyendo que “ambos testimonios corresponden a situaciones realmente vividas por las menores” y descartando de forma tajante que la denuncia responda a episodios de invención o a móviles espurios por parte de la familia. La sentencia emitida no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV.