2 de septiembre de 2025
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Condenado a tres años de prisión por vender drogas desde su hogar en Alicante

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Alicante ha dictado una sentencia de tres años de prisión para un hombre acusado de un delito contra la salud pública, específicamente por el tráfico de sustancias que son altamente perjudiciales para la salud. En el fallo se considera como atenuante la drogadicción del condenado. Además de la pena de cárcel, se le ha impuesto una multa de 11.424 euros y se ha ordenado el decomiso y destrucción de la droga incautada.

El arresto del individuo se produjo el 7 de abril de 2022, cuando agentes del Cuerpo Nacional de Policía ingresaron a su domicilio en Alicante tras una vigilancia previa. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana informó que durante el seguimiento policial, se interceptó a varios compradores que ingresaban al entresuelo donde residía el acusado o esperaban en la puerta para adquirir drogas, principalmente cocaína.

En el registro del hogar, los agentes encontraron tres bolsas con más de 500 gramos de cannabis, once envoltorios con 129 gramos de cocaína y un envoltorio con anfetamina, además de una balanza de precisión y dinero en billetes pequeños, producto de las ventas de estupefacientes. Las sustancias intervenidas estaban valoradas en más de 11.300 euros.

Durante el juicio, el acusado admitió los hechos imputados por la Fiscalía y confesó que vendía drogas desde su casa. Esta confesión fue respaldada por testimonios, pruebas periciales e informes. El hombre manifestó que, al momento del delito, era consumidor y que vendía sustancias proporcionadas por terceros para costear su consumo. Exámenes forenses demostraron que había consumido cocaína y cannabis en los meses previos al arresto.

Los informes de la Unidad de Conductas Adictivas (UCA) confirmaron que el consumo del acusado podría haber influido, aunque de forma leve, en la comisión del delito. Por ello, la Sala consideró la atenuante de drogadicción. La sentencia, sin embargo, no es definitiva y puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

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