21 de agosto de 2015
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Educación prevé que 4.000 alumnos más se pueden beneficiar de las ayudas de transporte escolar

transporte-escolarLa Consejería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha facilitado que hayan más familias valencianas que se benefician de las becas de transporte escolar para incluir aquellos alumnos de Educación Primaria y Secundaria que residen a una distancia igual o superior a tres kilómetros siguiendo la trayectoria de menor distancia accesible y segura y no en línea recta, como estaba establecido hasta ahora.

Según las estimaciones de Consejería, esta medida puede beneficiar borde 4.000 solicitantes que residen en un tramo comprendido entre los 2,5 y los 3 kilómetros de distancia de su centro educativo. Además, también se contempla que, con carácter excepcional y previo informe de la dirección territorial competente en materia de educación, se puedan tener en cuenta aquellas zonas en las que el acceso al centro docente sea dificultoso debido a la orografía del terreno, de la peligrosidad de las vías o del tiempo de acceso.

El objetivo de esta medida es proporcionar un servicio público educativo de calidad al alumnado y conseguir que los obstáculos de cualquier naturaleza no impidan el ejercicio del derecho a la educación. De esta manera, se revierte un trato discriminatorio entre el alumnado, sustituyendo la medición en línea recta por una serie de requisitos mucho más ajustados a la realidad del entorno de los centros educativos y de las localidades donde residen los alumnos, sobre todo en lo En cuanto a las comunicaciones.

Por otra parte, la Consejería abre del 22 de agosto al 4 de septiembre un plazo extraordinario de presentación de solicitudes de transporte escolar para aquellos alumnos que no hayan podido solicitar las ayudas en el plazo ordinario y que se puedan ver beneficiados por el cambio en los requisitos.

La resolución publicada hoy en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana cumple los pronunciamientos del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana que determinaban la nulidad del apartado en el que se preveía que la distancia de tres quiilòmetres para determinar los posibles beneficiarios se midiera en “línea recta”.

Hay que recordar, además, que la Consejería de Educación amplía voluntariamente lo estipulado en la Ley Orgánica de Educación, ya que la obligación legal se limita a atender a los escolares que asisten a centros de una localidad diferente a su por no existir oferta educativa en su municipio.

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