1 de octubre de 2026
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El segundo decreto de vivienda entra en vigor con la renovación automática de los alquileres y la indemnización al inquilino

Los propietarios que no prorroguen el contrato deberán compensar al arrendatario con al menos 12 mensualidades, salvo en los supuestos excepcionales contemplados por la norma

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este jueves el segundo de los dos reales decretos ley sobre vivienda aprobados por el Consejo de Ministros. La norma introduce un nuevo régimen de renovación automática de los contratos de alquiler y obliga al propietario a indemnizar al inquilino cuando decida no prorrogar la relación contractual sin encontrarse en alguna de las excepciones establecidas.

El decreto ha entrado en vigor tras su publicación, pero necesita ser convalidado por el Congreso de los Diputados. Los dos textos serán sometidos a votación este viernes en un pleno extraordinario y podrán continuar vigentes solamente si consiguen el respaldo parlamentario.

El Gobierno separó las medidas en dos decretos para facilitar su negociación. El primero, publicado el miércoles, reúne la mayor parte de las reformas sobre el mercado residencial, mientras que el segundo se concentra en la continuidad de los contratos de alquiler.

Prórrogas de cinco o siete años

La nueva norma establece que, cuando finalice la duración ordinaria del alquiler y ninguna de las partes haya comunicado correctamente su voluntad de concluirlo, el contrato se renovará automáticamente.

La prórroga tendrá una duración de cinco años cuando el propietario sea una persona física y de siete años cuando se trate de una persona jurídica. Finalizado ese periodo, podrán producirse nuevas renovaciones en las condiciones previstas por la norma.

El arrendador deberá comunicar su intención de no renovar con una antelación mínima de seis meses. Para el inquilino, el plazo de preaviso continuará siendo de dos meses.

Indemnización mínima de 12 mensualidades

Cuando el propietario comunique válidamente que no desea prorrogar el contrato, deberá indemnizar al inquilino con una cantidad equivalente, al menos, a 12 mensualidades de la renta correspondiente a una vivienda de características similares.

El cálculo se realizará, siempre que sea posible, utilizando el sistema estatal de referencia de precios del alquiler. La compensación tampoco podrá ser inferior a una mensualidad por cada año que el arrendatario haya residido en el inmueble. Los periodos inferiores se calcularán proporcionalmente por meses o días.

Esto significa que la cifra final podría superar las 12 mensualidades cuando el inquilino lleve más de 12 años residiendo en la vivienda.

Casos en los que el propietario no tendrá que indemnizar

La obligación no será automática en todas las situaciones. El decreto contempla excepciones que permitirán al propietario recuperar la vivienda sin pagar la compensación.

Entre ellas se encuentra la necesidad de destinar el inmueble a residencia permanente del propio arrendador, de su cónyuge o de determinados familiares. También se contemplan casos en los que el inquilino no utilice efectivamente la vivienda durante más de seis meses al año sin una causa justificada o disponga de otra vivienda adecuada en el mismo municipio.

El propietario también podrá quedar exento si ofrece un nuevo contrato de cinco o siete años ajustado a las condiciones económicas previstas por la normativa y el inquilino rechaza formalmente la propuesta. Estas causas deberán explicarse de forma expresa y detallada en la comunicación de no renovación.

El Congreso decidirá este viernes

La continuidad de las medidas depende ahora de la votación del Congreso. El Gobierno necesita reunir una mayoría suficiente para convalidar ambos decretos y las posiciones del PNV y Junts serán determinantes.

El segundo texto es el que afronta mayores dificultades parlamentarias por el alcance de la renovación automática y las obligaciones impuestas a los propietarios.

La división del paquete permite que cada decreto sea votado por separado. De este modo, el rechazo de la renovación automática no provocaría necesariamente la caída del resto de las medidas aprobadas en materia de vivienda.

Las normas llegan tras las movilizaciones originadas por el desahucio de Maricarmen Abascal, de 87 años, y en un contexto marcado por el encarecimiento de los alquileres, la falta de oferta y el vencimiento de numerosos contratos durante los próximos años.

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