12 de octubre de 2026
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El Supremo mantiene el freno al voto de 163.020 nacionalizados por la ‘ley de nietos’ para el 29-N

El Tribunal Supremo ha decidido mantener la suspensión cautelar que afecta a 163.020 ciudadanos nacionalizados a través de la denominada “ley de nietos”, por lo que, salvo las excepciones previstas para quienes puedan acreditar determinadas circunstancias de exilio, no podrán participar en las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.

La decisión supone un revés para la Abogacía del Estado y la Fiscalía, que habían solicitado al alto tribunal que levantara la medida cautelar ante la cercanía de las elecciones.

La Abogacía del Estado había alegado que resultaba “materialmente imposible” revisar todos los expedientes afectados antes de los comicios del 29-N. La Fiscalía también había solicitado que estas personas pudieran votar en las elecciones generales.

El Supremo mantiene su decisión de septiembre

El origen del conflicto se encuentra en el auto dictado por el Supremo el pasado mes de septiembre, cuando acordó suspender cautelarmente determinadas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de personas que habían obtenido la nacionalidad española a través de la Ley de Memoria Democrática.

La medida había sido solicitada por Vox e Iustitia Europa.

El Supremo justificó entonces su decisión en la necesidad de preservar la “transparencia del proceso electoral y la confianza de la ciudadanía en sus resultados”, ante lo que calificó como un incremento extraordinario del número de electores inscritos.

La convocatoria anticipada de elecciones para el 29 de noviembre modificó sustancialmente el escenario. El propio tribunal dio a las partes un plazo urgente para que presentaran nuevas alegaciones antes de decidir si mantenía o levantaba las cautelares.

Finalmente, la mayoría de la Sala ha optado por mantenerlas.

Un voto particular en contra

La resolución no ha sido unánime.

La magistrada Alicia Millán ha formulado un voto particular en el que sostiene que la convocatoria de las elecciones introducía un elemento nuevo y decisivo que obligaba a reconsiderar la medida.

Según su posición, mantener ahora la suspensión puede provocar una lesión irreversible del derecho de sufragio de las personas afectadas, puesto que si finalmente los tribunales les dieran la razón, las elecciones ya se habrían celebrado.

La mayoría del tribunal, sin embargo, ha considerado que deben mantenerse las cautelares mientras continúa resolviéndose el fondo del procedimiento.

¿Quiénes están afectados?

La llamada “ley de nietos” es en realidad una disposición incluida en la Ley de Memoria Democrática que permitió acceder a la nacionalidad española a descendientes de españoles que salieron del país durante la Guerra Civil y la dictadura.

El problema judicial no afecta automáticamente a todos los ciudadanos que hayan obtenido la nacionalidad por esta vía.

La suspensión se centra en determinadas personas inscritas en el CERA cuya situación deberá ser comprobada individualmente, mientras quedan exceptuados quienes puedan acreditar que cumplen los requisitos relacionados con el exilio establecidos legalmente.

Según las cifras manejadas por el Gobierno y recogidas por distintos medios, la decisión afecta actualmente a 163.020 electores.

Iustitia Europa celebra la resolución

Iustitia Europa, una de las formaciones que solicitó las medidas cautelares, ha celebrado públicamente la decisión del Tribunal Supremo y la presenta como una victoria de su estrategia judicial.

En redes sociales, uno de sus representantes ha difundido el mensaje: “Iustitia Europa gana: el Supremo mantiene el freno para el 29N”.

Esa afirmación refleja correctamente que la petición de levantar las cautelares ha sido rechazada, aunque jurídicamente conviene recordar que el procedimiento sobre el fondo del asunto todavía no ha terminado.

Fuerte enfrentamiento político

La cuestión del voto de los nacionalizados por la “ley de nietos” se ha convertido en uno de los primeros grandes conflictos políticos de la campaña electoral.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, había pedido públicamente al Supremo que permitiera votar a los descendientes del exilio y había calificado la iniciativa impulsada por Vox e Iustitia Europa como un intento de “atropello”.

PP y Vox, por el contrario, han defendido la necesidad de garantizar la fiabilidad y transparencia del censo electoral. La decisión del Supremo ha intensificado así el enfrentamiento político a poco más de mes y medio de las elecciones generales.

Por ahora, la consecuencia práctica es clara: la suspensión cautelar continúa vigente y alrededor de 163.000 electores afectados no podrán votar el 29 de noviembre mientras se mantenga la medida judicial.

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