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La jueza del caso Dana centra la atención en Mazón: «La protección civil es responsabilidad exclusiva de la Generalitat»
La jueza encargada del caso Dana, Nuria Ruiz Tobarra, titular del juzgado número 3 de Catarroja, se muestra firme en mantener el control del caso, evitando que sea trasladado al Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana. Esta postura se desprende de un reciente auto en el que se rechaza la imputación del presidente de la Generalitat, Carlos Mazón. Dicha imputación requeriría que el caso pasara al Tribunal Superior debido a su estatus de aforado, algo que pondría fin al protagonismo mediático que ha logrado la magistrada gracias a sus enérgicos autos sobre lo ocurrido durante el episodio meteorológico extremo.
Una de las partes acusadoras en el proceso había solicitado la imputación del presidente Mazón, argumentando que no solicitó al Gobierno la declaración de emergencia nacional durante la tarde de la dana. Sin embargo, Ruiz Tobarra señala que se debe considerar lo previamente resuelto por el TSJ en un auto del 23 de diciembre de 2024. La instrucción continúa su curso, y se ha brindado al presidente la posibilidad de declarar como investigado, en atención a las denuncias y querellas presentadas contra él. Además, la jueza ha decidido no elevar una exposición razonada al TSJ sobre la actuación de Mazón.
La acusación también había solicitado que se investigara a la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, por no demandar la emergencia nacional. La jueza rechazó esta petición al considerar que, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, la protección civil recae en el ámbito autonómico: «La patente inactividad relacionada con los fallecimientos y lesiones del 29 de octubre sucedió bajo jurisdicción autonómica».
Ruiz Tobarra señala que los problemas posteriores, como la devastación de localidades afectadas, falta de recursos esenciales, demora en la ayuda, problemas viales y de comunicación, así como incidentes de pillaje, son cuestiones distintas. «El objetivo de este procedimiento es analizar las causas de los 227 fallecimientos, incluidas una mujer embarazada de 8 meses y una persona desaparecida, así como las lesiones sufridas, y la ausencia de decisiones que habrían salvaguardado a la población conforme a la normativa aplicable», destaca el auto.
La jueza también recuerda que la emergencia nacional no fue declarada ni solicitada ni por el Gobierno estatal ni por la administración autonómica, y señala que el control estaba en manos de la entonces consellera Salomé Pradas. Además, menciona un acuerdo entre ambas partes para no pedir la emergencia nacional ni el 29 de octubre ni en los días posteriores: «La declaración de emergencia nacional no era necesaria para alertar a la población y adoptar medidas de autoprotección».