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Valencia Noticias | Agencias.- Los tribunales españoles han empezado a aplicar la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que declaraba la retroactividad total de las cláusulas suelo incluidas en los contratos hipotecarios, dada a conocer el pasado 21 de diciembre, informó rtve y rne.
Es el caso del Juzgado de Primera Instancia número 10 de Barcelona, que ha condenado a Banco Popular a devolver todo lo cobrado a un cliente por estas cláusulas «sin limitar su eficacia retroactiva en estricto respeto a la jurisprudencia del TJUE».
El cliente reclamaba la nulidad por abusivas de las cláusulas suelo incluidas en la escritura de compraventa con subrogación de préstamo hipotecario y novación modificativa de 20 de abril de 2005 y en la escritura de novación modificativa de préstamo hipotecario de 14 de septiembre de 2005.
A analizar el caso, la Sala llega a la conclusión de que la cláusula es abusiva y destaca que «no hay constancia fehaciente» de la información que el banco pudiera haber ofrecido al cliente sobre la «existencia o incidencia» de este límite en el contrato.