El Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Alicante ha estimado la demanda interpuesta por Hércules club de fútbol SAD contra Sociedad de Proyectos Temáticos de la Comunidad Valenciana y condenar a sociedad de proyectos temáticos de la Comunidad Valenciana al pago de 3.330.000 euros más los intereses de la cantidad desde el 11 de mayo de 2012 en relación a la suma de 2.135.000 euros; y desde la fecha de la interpelación judicial en relación a la suma de 1.195.000 euros; ello incrementado en dos puntos porcentuales desde la fecha de la presente resolución con imposición de costas a la parte demandada.
En fecha 1 de diciembre de 2010, el Hercules y la SPTCV suscribieron un contrato de patrocinio deportivo. En función de dicho contrato el Hércules a cambio de los importes económicos fijados debía colaborar mediante acciones promocionales en la publicidad y promoción estratégica e institucional de SPTCV. El contrato tenía previsto un plazo de duración de 4 temporadas, iniciándose su vigencia en la temporada 2010/2011 y terminando en la temporada 2013/2014; siendo el precio pactado para toda la duración del contrato de 6.000.000 de euros mas iva. La cláusula 14º del contrato establece los plazos en que se debía pagar dicha cantidad.
Indica la actora que ha cumplido con todas las obligaciones que le correspondían según el contrato de patrocinio, pero que la demandada a fecha de la demanda no había cumplido ninguna obligación, no habiendo pagado ninguna de las cantidades pactadas y vencidas a la fecha de la demanda.
En la vista oral que se celebró el 20 de marzo, el Hércules solicitó el abono por parte del SPTCV de tres millones de euros correspondientes a los ejercicios 2010-11 y 2011-12. En base a la sentencia de este juicio el club reclamará también esas mismas cantidades de las campañas 2012-13 y 2013-14.