En referencia a la Protección del barrio valenciano de El Cabanyal, El Supremo ha hecho pública hoy la sentencia por la que rechaza el recurso de la Generalitat valenciana contra la orden del Ministerio de Cultura, de diciembre de 2009, que declaró que el Plan Especial de reforma interior de dicho barrio (PEPRI) impulsado por el ayuntamiento de Valencia determinaba la expoliación de dicho conjunto histórico, por lo que acordó la suspensión inmediata de su ejecución “en tanto se lleve a cabo una adaptación del mismo que garantice la protección de los valores histórico-artísticos que motivaron la calificación de éste como conjunto histórico”.
La Sala Tercera del Supremo rechaza el recurso de la Generalitat que afirmaba que la actuación del Estado en esta materia era excepcional y subsidiaria, sólo legitimada cuando la Comunidad Autónoma no actuara en defensa del bien protegido. La sentencia contesta que “los casos de expoliación del patrimonio cultural, artístico y monumental son una competencia exclusiva atribuida por la Constitución al Estado”.
Sin embargo, hay que detenerse en la parte de la suspensión en la que se especifica que ésta se llevará a cabo “en tanto se lleve a cabo una adaptación del mismo que garantice la protección de los valores histórico-artísticos que motivaron la calificación de éste como conjunto histórico”. Conviene destacar que, en este sentido, el Ministerio de Cultura y el Ayuntamiento de Valencia llegaron a un acuerdo en cuanto a dicha adaptación hace algunos meses, ratificado por el Ministerio de Cultura tras las dudas planteadas por los grupos de la oposición del ayuntamiento, extremo éste del que ya informó este diario en su momento y que, por tanto, deja sin efecto alguno la sentencia del Supremo, habida cuenta de dicho acuerdo.
VLC Noticias | Redacción