Una noticia sacada por EFE lleva de nuevo a la controversia sobre las obras protegidas y la autorización de las mismas.
La consulta de un tribunal sueco al de Justicia comunitario, de la Unión Europea (TJUE) vuelve a sacar al candelero el tema de la autorización por parte de los autores. En su sentencia “los propietarios de una página de internet pueden compartir enlaces a obras protegidas que se pueden consultar libremente en otra web, sin pedir autorización a los titulares de los derechos de autor” según la agencia de comunicación.
La sociedad Retriever Sverige incluyó en su página varios artículos de prensa que habían sido publicados previamente por el periódico Göteborgs-Posten. Dicha no solicitó a los autores de los artículos la autorización correspondiente para la publicación en su página, lo que llevó al tribunal sueco a estudiar si eso suponía una infracción de sus derechos de autor.
La legislación de la Unión Europea (UE) establece que los autores tienen el derecho exclusivo a autorizar o prohibir cualquier «comunicación al público» de sus obras.
Pero en este caso el dictamen a concluido que no se ha revelado el contenido de la obra a un público nuevo, dado que había sido ya puesto a disposición de todos los usuarios en la página web del periódico. Aunque el caso de ponerlo en su página ya suponga un «comunicación al público».
En este caso el Tribunal recuerda que, si la comunicación está dirigida a un público nuevo, distinto al que fue tomado en consideración por los titulares de los derechos de autor en su publicación inicial, entonces sí sería necesario pedirles permiso para difundirla. Pero el TJUE considera que no existe ningún público nuevo y que, por tanto, no se infringen los derechos de autor.
Finalmente, el Tribunal de Justicia declara que los Estados miembros no pueden proteger más ampliamente a los titulares de derechos de autor interpretando de una manera más extensa el concepto de ‘comunicación al público’.
«Esto entrañaría la creación de disparidades legislativas y, por tanto, de inseguridad jurídica, mientras que mediante la directiva (europea pertinente) se pretende precisamente eliminar esos problemas», explicó la Corte en un comunicado.
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