El portavoz del grupo municipal del PP en el Ayuntamiento de Castellón, Juan José Pérez Macián, ha explicado hoy que “hemos presentado una declaración institucional para el próximo pleno con la que se acuerde ratificar la necesidad de adaptar el decreto 113/2013 de 2 de agosto, por el que se establece el régimen y las cuantías de los precios públicos a percibir en el ámbito de los Servicios Sociales, a la fórmula legal exigida por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana para cumplir con el principio de igualdad de trato entre las personas dependientes y no dependientes, ya sean con discapacidad o mayores e instar al gobierno de la Generalitat Valenciana a que aplique las medidas que considere oportunas para garantizar la sostenibilidad de los servicios sociales y asegurar un trato equitativo e igual a todos los usuarios del los mismos y respetar el proceso de negociación que desde la Conselleria de Bienestar Social se lleva a cabo con las entidades representantes del sector para hacer más eficaz la prestación de los servicios sociales”.
Así, Pérez Macián ha destacado que el texto recoger que “con independencia de la capacidad económica de las personas y con el objetivo de conseguir la prestación de servicios públicos que se prestan a todos por igual, la Generalitat aprobó dos normas para desarrollar la normativa estatal, la Ley de la Dependencia 39/2006, que establece que los beneficiarios de las prestaciones de dependencia participarán en la financiación de las mismas, según el tipo y coste del servicio y su capacidad económica personal. La citada ley 39/2006 en su artículo 33 regula las aportaciones de los usuarios al coste de los servicios y las considera necesarias para garantizar la sostenibilidad del sistema” y que fue aprobada por el anterior gobierno socialista.
Ha recordado también que “con el objetivo de aplicar esa ley de 2006, la Generalitat aprobó la Orden 21/2012, de 25 de octubre, que regula las condiciones y requisitos de acceso al programa de atención a las personas y sus familias en el marco del Sistema para la Autonomía Personal y Atención a la Dependencia en la Comunidad Valenciana, y el Decreto 113/2013 por el cual se establece el régimen y las cuantías de los precios públicos a percibir en el ámbito de los servicios sociales.
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha anulado este último el citado decreto 113/2013 de 2 de agosto con el argumento de que las aportaciones de los usuarios no se pueden considerar precio público, y es por ello que la sentencia señala que son tasas básicamente porque los servicios que presta la Conselleria de Bienestar Social, objeto del copago, se consideran servicios públicos indispensables para la vida de los discapacitados y de los mayores”.
En ningún caso el tribunal se pronuncia sobre si “los usuarios deben realizar o no aportaciones económicas al coste de los servicios que reciben, sino solo sobre la fórmula legal exigible para regular las citadas aportaciones que, en este caso, según establece la sentencia sería por una ley, aprobada por las Cortes Valencianas, y no por la aprobación de un decreto. En ningún caso el tribunal cuestiona la legalidad de la Orden 21/2012, que aplica el copago a mayores y personas discapacitadas dependientes, ya que dicha Orden nunca fue recurrida y, por lo tanto, mantiene su plena vigencia.
La sentencia se refiere al decreto 113/2013, es decir, que afecta a la regulación de las aportaciones al coste de los servicios de personas no dependientes, ya sea con discapacidad o mayores”, ha proseguido el portavoz del grupo municipal del PP, quien ha recordado también que la Orden 21/2012 de la Conselleria de Bienestar Social es la norma autonómica que traspone los acuerdos y normas estatales que desarrollan la ley de dependencia, aprobada en 2006, y que ya establecía el copago para personas dependientes porque así legisló el Gobierno de Zapatero.
VLC Noticias | Redacción