La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha dictado un auto en el que rechaza un último recurso del Ayuntamiento de Valencia ante esta instancia y considera que pretende de nuevo, en un trámite de ejecución de sentencia, impugnar la orden del Ministerio de Cultura que consideraba expolio el Plan de El Cabanyal por no estar de acuerdo con su contenido.
El tribunal recuerda que la declaración de esta orden no es objeto de este pleito sino que es conocimiento de la Audiencia Nacional, por las reglas de la competencia, donde también ha recurrido el consistorio.
Así lo indica en un auto de fecha 22 de octubre que, para la Plataforma Salvem El Cabanyal, constituye “otro fracaso judicial” del Ayuntamiento de Valencia y de la Generalitat. Con esta resolución, que es firme, la sección sexta de esta sala rechaza un último recurso del consistorio contra un auto dictado el 29 de diciembre de 2011, en el que se consideró ejecutada la sentencia relativa a este procedimiento, que anuló una resolución de la Dirección General de Bellas Artes que avalaba las actuaciones del Pepri y ordenaba que el ejecutivo central motivara su decisión.
La sala rechaza los argumentos esgrimidos por el consistorio –los mismos que en un escrito de mayo de 2010, ya que apunta que no puede pretender por medio del trámite de ejecución “algo que va más allá de lo que dice la sentencia” y añade que el consistorio, al no estar de acuerdo con la orden del Ministerio de Cultura que consideraba expolio el plan de El Cabanyal,, pretende impugnarla en esta fase. En este sentido, recalca que la orden es competencia de la Audiencia Nacional a la que acudió el consistorio en febrero.
Así, subraya que no se puede entender que todo lo que de la orden exceda de lo resuelto en sentencia “sea ilegal sino que meramente no es objeto de este pleito y de su ejecución”. En esta línea, recalca que la sentencia del TSJM ordenaba retrotraer y motivar el expediente del PEPRI para que la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales lo motivara “en la forma apuntada” y con las explicaciones adecuadas, algo que considera que se ha hecho y, además, con la audiencia de la Comunitat Valenciana.
La sala insiste en que no se puede pretender seguir tratando como ejecución el examen en puridad del contenido de la orden, impugnada en un procedimiento judicial independiente, y reitera que en este caso se ha cumplido con lo que se ordenó en la sentencia de motivar la resolución.
La entidad ha exigido en un comunicado al consistorio que “cumpla con la legalidad vigente e inicie de una vez los cambios necesarios” en el Plan Especial de Protección y Reforma Interior (PEPRI) para “eliminar todo lo que supone expolio, es decir, todo lo que supone destrucción del patrimonio del conjunto histórico protegido”.
En esta línea, anima a los partidos políticos con representación municipal a que exijan “con la contundencia que merece la tozudez del gobierno municipal, la rápida revisión y adaptación del PEPRI según las directrices de la orden ministerial de 2010”.
En su opinión, la actitud del consistorio “solo contribuye a malgastar los recursos públicos y a utilizar de forma partidista los servicios jurídicos que deben velar por el interés general en lugar de preparar informes de encargo (interpretación de la imposibilidad de dar licencias de obra y actividad) y recursos judiciales que no tienen fundamentos jurídicos suficientes, tal como demuestran las sucesivas sentencias qye han dictado los tribunales en los últimos años”.
VLCCiudad/Redacción