29 de junio de 2026
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Empezar de cero tras la cárcel: la ayuda de hasta 1.775 euros que busca facilitar la reinserción

El IMV sustituye al antiguo subsidio de excarcelación: quién puede cobrarlo al salir de prisión y qué requisitos debe cumplir

Salir de prisión supone empezar una nueva etapa que, en muchos casos, viene acompañada de dificultades económicas y laborales. Para facilitar la reinserción social, el antiguo subsidio de excarcelación dejó de existir en noviembre de 2024 y fue sustituido por el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación gestionada por la Seguridad Social que contempla condiciones específicas para este colectivo.

La ayuda no se concede de forma automática. Como cualquier solicitante del IMV, la persona debe acreditar que se encuentra en situación de vulnerabilidad económica y cumplir una serie de requisitos legales, aunque la normativa incorpora varias excepciones para quienes han cumplido condena.

Quién puede solicitar el IMV tras salir de prisión

Las personas que recuperan la libertad pueden acceder al Ingreso Mínimo Vital siempre que tengan residencia legal y efectiva en España durante, al menos, el año anterior a la solicitud, además de cumplir los límites de ingresos y patrimonio establecidos con carácter general.

La Ley 19/2021 introduce, además, ventajas específicas para favorecer la reinserción.

Las excepciones que contempla la ley

Una de las principales novedades afecta a la edad mínima.

Mientras que el acceso ordinario al IMV exige haber cumplido 23 años, las personas que hayan permanecido privadas de libertad durante más de seis meses pueden solicitar la prestación desde los 18 años.

La norma también elimina para este colectivo la obligación de demostrar que ha vivido de forma independiente durante los dos años anteriores, un requisito que sí deben acreditar la mayoría de solicitantes.

Además, cuando uno de los progenitores permanece en prisión durante más de un año, la unidad familiar que permanece en el exterior puede acceder al complemento por monoparentalidad, siempre que reúna el resto de condiciones previstas por la legislación.

Cuánto se puede cobrar en 2026

La cuantía del Ingreso Mínimo Vital no es fija. La Seguridad Social calcula la diferencia entre los ingresos de la unidad de convivencia y la renta garantizada por la ley.

En 2026 las cantidades máximas garantizadas oscilan entre:

  • 733,60 euros mensuales para un adulto que vive solo.
  • 953,68 euros para dos adultos o un adulto con un menor.
  • 1.173,76 euros para unidades familiares de mayor tamaño.
  • Hasta 1.775,31 euros al mes en el caso de familias monoparentales con cuatro o más menores.

A estas cantidades puede añadirse el Complemento de Ayuda para la Infancia, cuya cuantía depende de la edad de cada hijo, así como incrementos adicionales cuando algún miembro de la unidad familiar tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 65%.

El acceso sigue siendo limitado

Aunque la legislación contempla estas medidas para favorecer la reinserción, distintas entidades sociales consideran que el procedimiento continúa siendo complejo.

Según datos correspondientes a 2025, de los 590 expedientes tramitados mediante el protocolo específico con Instituciones Penitenciarias, únicamente 121 fueron aprobados, mientras que más de la mitad acabaron denegados o ni siquiera fueron admitidos a trámite.

Esta situación contrasta con el antiguo subsidio de excarcelación, que alcanzaba cada año a varios miles de beneficiarios antes de su desaparición.

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