El origen del proceso en la Corte de Luxemburgo es la denuncia de Mario Costeja, que pidió a Google la retirada de un anuncio de subasta por un impago contra él y su mujer ocurrido hace 15 años.
El litigio enfrenta a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y a Google sobre el conocido como “derecho al olvido”.
sentencia del Tribunal europeo es clara en cuanto a la responsabilidad del tratamiento de datos personales y considera al gestor del motor de búsqueda como “responsable” de dicho tratamiento. Además, remarca que el gestor de un motor de búsqueda está obligado a eliminar de la lista de resultados obtenida tras una búsqueda efectuada a partir del nombre de una persona vínculos a páginas web, publicadas por terceros y que contienen información relativa a esta persona, también en el supuesto de que este nombre o esta información no se borren previa o simultáneamente de estas páginas web, y, en su caso, aunque la publicación en dichas páginas sea en sí misma lícita.
La sentencia exige que el derecho a que la información de que se trate ya no se ponga a disposición del público en general mediante su inclusión en tal lista de resultados prevalece, en principio, no sólo sobre el interés económico del gestor del motor de búsqueda, sino también sobre el interés del público en acceder a la mencionada información, siempre que no exista una ‘relevancia pública’.
Según la visión delIndice de Censura, sobre la decisión de hoy del Tribunal Europeo de Justicia sobre el sobre el llamado caso del “derecho al olvido viola los principios fundamentales de la libertad de expresión.
La decisión del tribunal significa que, bajo ciertas circunstancias, la información puede ser retirada de los motores de búsqueda, incluso si es verdadera y objetiva y sin que el material original sea alterado.
Permite a los individuos que se quejen a los motores de búsqueda acerca de la información que no les gustan sin supervisión legal que se le blanquee su historia personal.
La sentencia va en contra de la conclusión del año pasado del abogado general de la UE, que dijo que no hay “derecho a ser olvidado”.
En relación con la decisión hecha publica esta mañana por el Tribunal de Justicia de la UE sobre el llamado caso del “derecho al olvido” enviado por la Audiencia Nacional, Google ha informado de la posición oficial de la compañía al respecto. Esta declaración es atribuible a Marisa Toro, directora de Comunicación y Asuntos Públicos de Google para el sur de Europa:
“Esta es una decisión decepcionante para los motores de búsqueda y editores online en general. Estamos muy sorprendidos de que difiera tan drásticamente de las conclusiones del Abogado General y de las advertencias y las consecuencias que ya identificó. Vamos a dedicar tiempo, desde este momento, para analizar las implicaciones de dicha decisión”.