– A la convocatoria se podrán presentar las empresas editoriales comerciales que tengan como actividad la edición de libros en el territorio valenciano
(15/06/2020)– A la convocatoria se podrán presentar las empresas editoriales comerciales que tengan como actividad la edición de libros en el territorio valenciano
La Conselleria de Educación, Cultura y Deportes ha convocado las ayudas a la producción editorial para los libros publicados en castellano y valenciano por empresas editoriales comerciales que tengan como actividad la edición de libros en el territorio valenciano y número de depósito legal del año 2019.
La línea presupuestaria de esta convocatoria asciende a 800.000 euros, con lo que se superan los 500.000 euros que se destinaron el año pasado. Y se distribuirá de la siguiente forma: 60 % para los libros publicados en valenciano y 40 % para los libros en castellano.
Los libros objeto de la subvención deberán estar editados por empresas editoriales cuya producción sea comercializada a través de librerías y adecuarse a una de las siguientes categorías: obras de referencia y consulta (libros de historia, bibliografías, etc.), obras de pensamiento en disciplinas humanísticas o científicas, obras de ficción y obras de ficción de carácter infantil y juvenil.
Deberán tener una tirada mínima de 500 ejemplares (en el caso de obras de poesía la tirada mínima será de 100 ejemplares) y poseer un mínimo de 50 páginas por ejemplar, excepto los libros infantiles, de teatro y de poesía.
Otro requisito es ser una primera edición de una obra inédita, o bien de una obra cuya última edición date de más de 15 años, en la lengua que se propone publicar. Se podrán subvencionar proyectos editoriales que incorporen a una obra ya editada una novedad (estudio crítico, nueva traducción, etc.) que, a juicio de la comisión de valoración, tenga especial relevancia cultural.
También podrán optar a esta ayuda las partituras publicadas por editoriales que tengan como actividad la edición de libros en el ámbito competencial de la Generalitat, siempre que cuenten con un mínimo de cuatro páginas y una tirada mínima de 300 ejemplares.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el ‘Diari Oficial de la Generalitat Valenciana’.