Valencia Noticias | Redacción.- La Sala II del Tribunal Supremoacaba de dictar sentencia en la que desestima el recurso interpuesto por la defensa del conocido como violador de las bridas y en la que se confirma por lo tanto para el acusado la pena de 89 años de cárcel que impuso la Audiencia de Valencia, por los delitos de violación, detención ilegal y robo a cinco mujeres, la mayoría de ellas prostitutas.
El modus operandi del conocido violador, al que finalmente solo se le pudieron imputar cinco de los siete delitos de violación por los que fue juzgado -reduciendo así la condena de 152 a 89 años de prisión- era siempre el mismo. Captaba a sus víctimas -normalmente prostitutas- en la zona de la avenida del Barón de Cárcer, tras lo que se las llevaba a los alrededores del Cementerio Municipal de Valencia y allí, tras mantener relaciones sexuales con ellas, las ataba con bridas y les tapaba los ojos con cinta adhesiva.
Luego, con las víctimas ya totalmente inmovilizadas, se las llevaba a campo abierto en la huerta, a varios kilómetros de la ciudad, donde las violaba y les robaba todas sus pertenencias, dejándolas después abandonadas en el lugar.
El recurso presentado por la defensa del acusado basaba el mismo en la supuesta rotura de la cadena de custodia de algunas de las pruebas presentadas. El Supremo, en su sentencia, aduce que la mera irregularidad en la recogida no constituye por sí misma una vulneración esencial que deba llevar a la exclusión probatoria de tal prueba, por lo que confirma en toda su extensión la condena impuesta en su día por la Audiencia Provincial de Valencia.