Valencia Noticias | Redacción.- El próximo sábado, día 5, concluye el plazo para que las familias con niños que cursen segundo ciclo de Educación Infantil puedan solicitar las ayudas que concede el Ayuntamiento para material escolar e informático.
Como es conocido, se trata de unas cantidades que puede demandar el alumnado escolarizado en colegios de titularidad pública dependientes de la Generalitat, la Diputación y Colegios Municipales, así como en centros que tengan concertada la prestación de servicios para la educación infantil de segundo ciclo, debidamente autorizados por la administración competente, en la ciudad de Valencia.
Según establecen las bases de la convocatoria, los requisitos para poder acceder a dichas prestaciones incluyen que tanto el menor como ambas personas progenitoras, o representantes legales, estén empadronadas en el municipio de Valencia en el momento de formalizar la solicitud y durante todo el curso (o el padre o la madre que tuviese atribuida la guarda y custodia del menor).
Además, el alumno debe estar escolarizado en el curso 2015/2016 en un centro educativo de la ciudad; aunque la Comisión Técnica de Valoración, podrán determinar excepciones de este requisito, previa verificación y valoración, cuando se trate de centros ubicados en términos municipales limítrofes que estén más próximos al domicilio familiar o al lugar de trabajo de alguno de los padres/madres o representantes legales; o que estén más cerca al centro donde estén escolarizados sus hermanos y/o hermanas; o en los casos de menores con necesidades educativas especiales.
Las solicitudes deberán incluir los originales y fotocopias de los DNI de los progenitores o tutores del alumno/a beneficiario/a; del libro de familia; certificado del centro educativo donde conste la matriculación de los solicitantes; las pertinentes declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social; de no tener deudas tributarias pendientes con el Ayuntamiento de Valencia; y de haber justificado cualquier subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad. Finalmente, en caso de discapacidad, se aportará certificado oficial, al igual que las personas en situación de dependencia.
Todo ello deberá ser presentado en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento. Una vez cerrado el plazo de recepción de solicitudes, se publicará un listado provisional de solicitudes admitidas con la documentación completa, así como de excluidas por falta de documentación u otras causas, que se publicarán en el Tablón de Edictos Electrónico y en la web municipal.
Inmediatamente después, se abrirá un plazo de 5 días hábiles, a partir de la publicación de los listados provisionales, para poder presentar la documentación pertinente. Y una vez repasadas las solicitudes incompletas, se publicarán los listados definitivos en el Tablón de Edictos Electrónico y en la web municipal.