Los centros Secundaria y de Formación Profesional podrán realizar las pruebas de certificación de inglés a sus alumnos
La conselleria de Educación, Formación y Empleo está elaborando una orden por la que, a partir del próximo curso, se podrán realizar las pruebas de certificación de inglés en todos los centros públicos y privados de la Comunitat Valenciana, que impartan Educación Secundaria y Formación Profesional.
Según ha explicado la consellera de Educación, Formación y Empleo, María José Català, “se trata de que los alumnos puedan realizar la prueba de acreditación del inglés en su propio centro y una vez hayan accedido a estos niveles, tengan el certificado acreditativo del idioma, tan importante para el futuro laboral de nuestros jóvenes”. Cabe destacar que actualmente uno de cada 4 puestos de trabajo demanda conocimientos de inglés. La consellera ha realizado estas declaraciones en el transcurso de la visita al Casal de Esplai El Saler.
Los alumnos podrán obtener la certificación de inglés de los niveles Básico, Intermedio y Avanzado que corresponden a los niveles A2, B1y B2 en sus propio centros educativos. Además si, en un mismo curso académico, el alumno no obtiene la calificación de apto en la prueba homologada en su centro, podrá presentarse a las pruebas que anualmente realizan las Escuelas Oficiales de Idiomas.
El contenido de las pruebas homologadas tendrá como referencia las competencias propias del nivel, A2, B1 y B2 del Consejo de Europa, según se define este nivel en el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas. La prueba se articulará en cuatro destrezas: comprensión escrita (CE), comprensión oral (CO), expresión escrita (EE) y expresión oral (EO).
Los requisitos para participar es estas pruebas serán que el alumno tenga ,al menos dieciséis años cumplidos en el año natural en el que se celebre la prueba, y que esté matriculado en enseñanzas de educación Secundaria o Formación Profesional en un centro docente de la Comunitat Valenciana.
Estas pruebas podrán realizarse de forma individual por un centro o de forma conjunta con otros centros docentes. La presentación de la solicitud para la participación en estas pruebas se realizará en la secretaria del centro docente en el que estén matriculados.
El certificado acreditativo de haber superado el nivel del que se haya examinado el alumno será expedido por la secretaria de los institutos de Educación Secundaria y de los centros públicos de Formación Profesional. Los centros privados de Educación Secundaria y de Formación Profesional quedarán adscritos a un centro público a la hora de expedir el certificado acreditativo del nivel correspondiente.
Para estas pruebas homologadas de idiomas se creará una comisión mixta que desarrollará, entre otras, las siguientes funciones: elaborar y aprobar las especificaciones generales para la redacción de las pruebas homologadas de idiomas, establecer los criterios generales para la corrección y evaluación de la prueba, crear una guía informativa acerca de las características de la prueba, elaborar un informe de valoración y resolver cuantas cuestiones puedan plantarse respecto al desarrollo de estas pruebas.
Alumnado con necesidades educativas especiales
Asimismo, estas pruebas se van a adaptar, en la duración y en las condiciones de realización, para las características del alumnado con necesidades educativas especiales. Para ello el alumno deberá acreditar dicha circunstancia, a través de un certificado, en el momento de solicita la participación en estas pruebas.
VLC Ciudad / Noticias Valencia