Con el objetivo de garantizar el correcto desarrollo del proceso electoral, es necesario contar con ciudadanos que formen parte de las mesas electorales en cada una de las secciones censales. A continuación, se detallan los requisitos necesarios para formar parte de las mesas electorales y las características de las elecciones autonómicas en València.
Requisitos para formar parte de las Mesas Electorales
Para formar parte de las mesas electorales, es necesario cumplir con ciertos requisitos. En primer lugar, es necesario saber leer y escribir y tener menos de 70 años, aunque se puede renunciar a partir de los 65 años. Además, las personas que ejerzan la presidencia deben estar en posesión del título de bachiller o el de formación profesional de segundo grado o, subsidiariamente, el de graduado escolar o equivalente.
Por otro lado, no pueden ocupar la presidencia ni las vocalías las personas que concurren a las elecciones como candidatas. Los ciudadanos y ciudadanas a quienes el azar haya deparado esta responsabilidad recibirán en los próximos días la correspondiente notificación, junto a un manual de instrucciones sobre sus funciones. A partir de este momento, disponen de un plazo de siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona causa justificada y documentada que les impida la aceptación del cargo (por ejemplo, no pueden ser presidentes ni vocales aquellas personas que concurran a las elecciones como candidatas).
Elecciones Autonómicas
En la misma jornada del 28M se celebran también elecciones autonómicas para la constitución de Les Corts. En este caso, el censo de personas electoras convocadas está integrado por las personas que componen el censo electoral de la ciudad, es decir, 574.274 electores, más el censo electoral de valencianos residentes en el extranjero, que suma 36.961 electores. Con lo que el censo total de personas con derecho a votar para la constitución de la cámara es de 611.235.
En las elecciones autonómicas, en las que se eligen los parlamentos de las comunidades autónomas, pueden votar y ser votados en ellas los ciudadanos y ciudadanas españoles (es decir, solo quienes tengan la nacionalidad) residentes en España, además de los y las residentes en el extranjero inscritos en el ámbito de su comunidad autónoma, previa solicitud, y siempre y cuando sean mayores de 18 años.
l proceso de selección de los miembros de las mesas electorales en València se lleva a cabo mediante una aplicación informática específica, en cumplimiento con la normativa electoral. Esta herramienta requiere el uso de dos números de dos cifras cada uno, que se determinan mediante un sorteo público celebrado en el salón de Plenos del Ayuntamiento.
En el sorteo, dos concejales extraen cuatro bolas numeradas de una bolsa de manera aleatoria, lo que resulta en dos números: 06 y 75. Estos números se introducen en la aplicación informática, que utiliza un algoritmo matemático seguro y protegido para determinar el coeficiente de salto en la lista de electores y el número de veces que se debe barajar la lista de electores.
El resultado final del proceso de selección es la designación de un presidente y dos vocales, así como sus suplentes, para cada una de las 955 mesas electorales que se constituirán en València el 28 de mayo. Todo el procedimiento se realiza siguiendo el proceso administrativo legalmente establecido, garantizando así la transparencia y la imparcialidad del proceso electoral.