EUPV pide que la alcaldesa Rita Barberá condicione su continuidad como cargo público a la legalidad de este PEPRI
El portavoz del grupo municipal de Esquerra Unida, Amadeu Sanchis, ha comparecido hoy en rueda de prensa junto con el abogado José Luis Ramos para presentar una sentencia reciente del Tribunal Constitucional cuya jurisprudencia es aplicable al caso del PEPRI del Cabanyal y, por tanto, hace imposible que la Generalitat Valenciana haga un informe favorable con respecto al mismo. El Tribunal estima que en la medida que las leyes autonómicas rebajan el nivel de protección establecido en la Ley de Patrimonio Histórico Español (LPHE) incurren en nulidad por invadir las competencias en materia de expolio, que la Constitución Española reserva en exclusiva al gobierno central.
El pasado 17 de julio de 2014 el Tribunal Constitucional dictó sentencia en el recurso de inconstitucionalidad 5277/2013 presentado contra 10 artículos de la Ley 3/2013 de 18 de junio de Patrimonio Histórico de la Comunidad de Madrid por entender que los artículos recurridos rebajaban el nivel de protección establecido en la LPHE de 1985. Los recurrentes entendían que la ley del gobierno central actúa como nivel de protección mínimo que deben respetar todas las Comunidades Autónomas y que cuando las leyes autonómicas rebajan ese nivel de protección mínimo incurren en inconstitucionalidad.
De los 10 artículos recurridos, la sentencia declara la nulidad de 8 por estimar que incurren en inconstitucionalidad. Entre las normas consideradas anticonstitucionales y, por tanto, su nulidad destacan los siguientes: la sustitución de la consideración de “excepcional” como objeto de protección en contra del adjetivo “relevante”, de más amplio contenido, eliminar la necesidad de que las intervenciones en inmuebles situados en conjuntos históricos, paisajes culturales y sitios históricos necesiten de la autorización de la administración competente, permitir la posibilidad de segregación parcelaria de Monumentos y Jardínes Históricos, permitir desplazar inmuebles protegidos de su emplazamiento con la autorización de la Comunidad de Madrid o permitir la modificación de alineaciones rasantes y características volumétricas de un monumento o jardín histórico con la autorización de la Comunidad de Madrid, entre otros artículos.
Evitar otro varapalo jurídico
Por tanto, según ha explicado el propio José Luis Ramos en la rueda de prensa, la jurisprudencia que aplica la citada ley debe impedir la aprobación del Plan del Cabanyal pues de lo contrario se corre el riesgo que se declare la nulidad por incurrir en manifiesta y grave ilegalidad al ampararse la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano, por impedir las competencias exclusivas que el Gobierno Central tiene en materia de expolio del patrimonio cultural, invasión que se produce por la vía de rebajar el nivel de protección establecido en la Ley de Patrimonio Histórico Español.
Asimismo, Ramos ha señalado que actualmente los artículos 39.1 i) de la Ley de Patrimonio de la Comunidad Valenciana justifican cualquier proyecto que quiera aprobar el Gobierno Valenciano sin importarle las limitaciones establecidas en el artículo 21.3 de la Ley estatal. “Por ello, resulta contrario a la doctrina aplicada por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo y, por tanto, está en manos de la administración valenciana solucionar el problema antes que los tribunales se vean en el deber legal de darles un nuevo varapalo jurídico”, ha asegurado el abogado.
Por su parte, Amadeu Sanchis ha manifestado que esta sentencia condiciona la totalidad de la modificación-adaptación del PEPRI del Cabanyal que se aprobó en el Pleno del pasado viernes. “Entonces ya dijimos que se trataba de expolio patrimonial y económico y que, además, el recorrido legal de este nuevo PEPRI era muy corto y con esta sentencia conocida hace unos días pensamos que el blindaje legal del Cabanyal es ahora todavía mucho más fuerte”, ha dicho el edil, quien ha añadido que EU entiende que el Tribunal Constitucional crea doctrina y la Generalitat no puede validar este PEPRI.
Propuesta en las Cortes
Por ello, “nuestro grupo parlamentario en las Cortes Valencianas, cuando el PEPRI sea remitido a la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medioambiente pedirán su inmediata devolución al Ayuntamiento basándose en la propia doctrina del Tribunal Constitucional y, posteriormente, pedirán que se modifique legislativamente la actual Ley de Patrimonio Cultural Valenciana con el objetivo de adaptar la misma a la Ley de Patrimonio Histórico Español, de tal forma que la protección sea máxima y no se pueda apelar a ningún artículo de la ley para poder aceptar el PEPRI”, ha anunciado el concejal de la formación de izquierdas.
Además, Amadeu Sanchis ha recordado que el pasado viernes EUPV ya pidió responsabilidades políticas al considerar que el equipo de gobierno “ha actuado, una vez más, sabiendo que lo que estaba haciendo no tenía encaje legal y más ahora, después de esta sentencia del Constitucional, que blinda la Ley Estatal y evidentemente también la Orden del Ministerio”.
Retirada o continuidad de Rita Barberá
“Emplazamos, por lo tanto, a la alcaldesa Rita Barberá, 16 años después de que se aprobara el primer PEPRI, a que lo retire o que condicione su continuidad como cargo público, tanto como alcaldesa como diputada autonómica, a la legalidad de este PEPRI, es decir, que condicione su vida política a la retirada del mismo”, ha afirmado el edil, quien también ha hecho referencia a la frase que ha dicho la primera edil en varias ocasiones respecto a que iría a la cárcel por el Cabanyal. “Nosotros siempre hemos exigido responsabilidades políticas por haber paralizado un barrio durante 16 años, una paralización que cómo todos sabéis ha tenido una deriva de marginalidad, degradación urbanística, parálisis de licencias de actividad, de rehabilitación, etc.”.
Respecto al periodo de información pública de la modificación del PEPRI, cuyo plazo comienza hoy y acabará el próximo 22 de septiembre, el portavoz municipal ha hecho hincapié en que el grupo municipal de EUPV va a presentar una alegación a la totalidad pidiendo su retirada por la ilegalidad manifiesta del mismo. “Si aplicamos la sentencia del Tribunal Constitucional al Plan del Cabanyal se debería impedir su aprobación, de lo contrario se corre el riesgo que se declare su nulidad por incurrir en manifiesta y grave ilegalidad al ampararse en la Ley de Patrimonio Cultural Valenciano, por invadir las competencia exclusivas que el Gobierno Central tiene en materia de expolio del patrimonio cultural”, ha concluido Sanchis.
VLC Noticias | Redacción