Intensificación de la vigilancia
La DGT incrementa los controles preventivos de drogas y alcohol entre los conductores
Conducir después del consumo de sustancias psicoactivas es un hecho frecuente en España, alcanzando a doce de cada cien conductores, tal y como muestran los resultados del Proyecto europeo DRUID´13 (Driving Under Influence of alcohol and Drugs”) proyecto que estudia la prevalencia de consumo de alcohol y drogas entre los conductores.
Además, la memoria que anualmente realiza el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF) a una muestra de fallecidos en accidente de tráfico, constata que en 2014 cuatro de cada diez conductores fallecidos en accidente de circulación resultaron positivo en sangre a drogas y/o psicofármacos y/o alcohol. En concreto de los 614 conductores fallecidos en accidente de circulación y analizados por el INTCF, 240, (39%) resultaron positivos en sangre a drogas y/o psicofármacos y/o alcohol.
En lo referente a peatones, de los 173 peatones fallecidos y analizados en el INTCF, el 40% de ellos (104) presentaron resultados positivos en sangre a drogas y /o psicofármacos y/o alcohol.
Por este motivo, la Dirección General de Tráfico intensifica durante una semana (del 10 al 16 de agosto) este tipo de controles, de modo que cualquier conductor puede ser solicitado para realizar un control de alcohol o de drogas a cualquier hora del día y en cualquier carretera, coincidiendo en estas fecha celebraciones y fiestas en diversas localidades de toda España.
Como suele ser habitual en este tipo de campañas la DGT ha invitado a las corporaciones locales, así como a los organismos autonómicos con competencia en la materia a sumarse a la misma e incrementar los controles y la vigilancia en sus respectivas vías.
De este modo, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, realizarán más de 25.000 controles diarios de alcohol y drogas, en cualquier vía, hora y día de la semana.
Se pondrá especial énfasis en los colectivos policonsumidores, aquellos conductores que se ponen al volante y que consumen habitualmente alcohol y/o drogas.
Desde la entrada en vigor de la modificación de la Ley de Seguridad Vial en mayo de 2014, más de 3.000 conductores reincidentes (aquellos conductores que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol) han sido sancionados con 1.000 € y la detracción de 6 puntos.
Además, 30.000 conductores han sido denunciados en el último año con el mismo importe y la misma detracción de puntos por circular con más de 0.50 mg/l de alcohol en aire espirado, el doble de la tasa permitida.
Desde la entrada en vigor de la Ley, también han sido sancionados más de 20.000 conductores por conducir con presencia de drogas. Esta infracción está castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada de 6 puntos.
ANUNCIOS AUDIOVISUALES
Dentro de la campaña general que la DGT viene realizando sobre los “objetos más caros del mundo” para incidir sobre los diferentes factores de riesgo que más accidentes provocan, se ha producido un anuncio para su emisión en medios audiovisuales: “El porro más caro del mundo. Conducir bajo los efectos de las drogas puede costar mucho”.
Además, durante el verano se emitirán varias cuñas radiofónicas en las que se dan a conocer los efectos que producen las drogas en la conducción.
También se realizarán inserciones gráficas en prensa escrita, así como inserciones en medios online.
EFECTOS DE LAS DROGAS EN LA CONDUCCIÓN
Los efectos del alcohol en la conducción están más asumidos por los ciudadanos que los riesgos que implican las drogas, razón por la cual, la DGT aprovecha todos los canales de comunicación de los que dispone para darlos a conocer.
Los conductores que han cometido una infracción relacionada con las drogas o el alcohol, además de recibir la resolución de la sanción, se les informa a través de imágenes y un breve texto de los efectos que estas sustancias provocan en la conducción.
EFECTOS DEL ALCOHOL EN LA CONDUCCIÓN
Aunque nos creamos en pleno uso de nuestras facultades físicas y mentales, la ingesta de alcohol hace que multipliquemos el riesgo de sufrir un accidente. Además, repercute de una mayor mortalidad, al ser un factor relacionado con un peor pronóstico en las lesiones sufridas.
A continuación se muestran algunos de los efectos que produce el alcohol en la conducción:
De 0,3 hasta 0,5g/l (Inicio zona de riesgo) | De 0,5 a 0,8g/l (Zona de alarma) | De 0,8 a 1,5g/l (Conducción peligrosa) | De 1,5 a 2,5g/l (Conducción altamente peligrosa) |
Aumento tiempo de reacción | Peor percepción de distancia | Graves problemas de percepción | Graves problemas de percepción, de atención, de control y coordinación |
Se subestima la velocidad | Problemas de visión | Grandes problemas de atención y coordinación | |
Problemas de coordinación | Incremento de la somnolencia |
Fuente: Cuadro de elaboración propia, del Manual Seguridad Vial para nuevos conductores. INTRAS – DGT. Año 2007.
NORMATIVA Y SANCIONES
- Vía administrativa: La Ley de Seguridad fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores. Así como la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
Tasas máximas del alcohol permitidas para conducir
CONDUCTORES | LÍMITE EN SANGRE | LÍMITE EN AIRE ESPIRADO |
(1) GENERAL | 0’5 gr./l | 0’25 mg/l |
(2) PROFESIONALES | 0’3 gr./l | 0’15 mg/l |
(3) NOVELES | 0’3 gr./l | 0’15 mg/l |
- Vía Penal: El capítulo IV del Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.
DELITO | PENAS | |
ALCOHOL | Tasas superiores a: – 0.60 mg/l en aire. – 1,2 gr/l en sangre. | Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. |
Negativa a someterse a las pruebas. | Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años |
Todos los informes, estudios y estadísticas de las que se disponen sobre alcohol/drogas y conducción llevan a un mismo objetivo que es el de evitar que ciudadanos que hayan ingerido cualquier sustancia psicoactiva se pongan al volante.
Por este motivo, la Ley de Seguridad Vial contempla para los conductores reincidentes, tomados como tales aquellos que hubieran sido sancionados en el año inmediatamente anterior por dar positivo a alcohol, la sanción de 1.000€.
Este misma sanción de 1.000€ se aplica también a aquellos conductores que circulen con una tasa que supere el doble de la permitida.
En el caso de las drogas, la ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo del conductor, quedando excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad terapéutica. Esta infracción catalogada como muy grave está castigada con una sanción de 1.000 € y la retirada de 6 puntos.
Sanciones (Vía administrativa)
TASA | SANCIÓN | |
ALCOHOL | Entre 0,25mg/l y 0,50mg/l | 500 euros y 4 puntos |
Más de 0,50 mg/l y reincidentes | 1.000 euros y 6 puntos |
PRESENCIA DE DROGAS
| 1.000 euros y 6 puntos |
Penas (Vía penal)
DELITO | PENAS | |
DROGAS | Conducir bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas | Prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años. |
Negativa a someterse a las pruebas | Prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años |
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