Campaña de difusión, concienciación y corrección para el buen uso de la bicicleta del 9 al 22 de junio de 2014
La bicicleta representa un medio de transporte esencial para fomentar la movilidad sostenible en nuestras ciudades. Combina perfectamente las ventajas de un vehículo privado: rapidez, libertad y versatilidad, con ventajas sociales, económicas y ambientales: es apta para casi todas las edades, su coste es muy asequible, no consume gasolina, no contamina, no hace ruido y además es el único vehículo que mejora la salud de quienes lo usan.
Considerando a la bicicleta como un vehículo debe, por tanto, tener como mínimo los mismos derechos que los coches y las motos. Los ciclistas se hallan ante un dilema: si van en bicicleta por la calzada se encuentran con la sensación de inseguridad que supone el hecho de compartir el espacio con el tráfico motorizado; si circulan por las aceras, aún siendo por el carril bici, sienten el rechazo del peatón que, lógicamente, desea la mayor tranquilidad en su espacio que ya es demasiado limitado.
Evidentemente, también hay ciclistas imprudentes y agresivos con su entorno, de la misma manera que existen conductores y peatones que sólo tienen derechos y nunca deberes. La ciudad es de todos pero limitada, y su espacio público aún lo es más. Las calles no tienen suficiente lugar para ubicar carriles de coches, carriles bus-taxi, carriles bici, paradas de transporte público, aceras anchas para pasear, terrazas de bares, quioscos, comercio ambulante, espacios para el juego de los niños, etc. Por lo tanto, la única solución es priorizar los desplazamientos más eficientes y sostenibles en cuanto a la distribución del espacio, y pacificar el tráfico para poder compartir este espacio.
El Ayuntamiento de Valencia, consciente de todo lo expresado anteriormente, aprobó el 28 de mayo de 2010 la Ordenanza de Circulación cuyo objeto es regular la circulación de vehículos y peatones, compatibilizando la necesaria fluidez del tráfico con el uso peatonal de las calles y regular asimismo la realización de otros usos y actividades en las vías de competencia municipal.
Por otra parte, el pasado día 9 de mayo entró en vigor la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a Motor y Seguridad Vial. En relación al uso de bicicletas, esta nueva Ley presenta la novedad que supone la obligatoriedad del uso de casco de protección para conductores y pasajeros menores de 16 años que circulen en vía urbana.
La presente campaña va dirigida a la concienciación en el uso de la bicicleta, por lo que la labor de esta Policía Local se centrará en la detección de infracciones cometidas por usuarios de bicicletas, informando de la ilegalidad cometida pero evitando, en la medida de lo posible, la denuncia de la norma infringida.
Asimismo, se deberá prestar especial atención a las medidas que han de adoptar los conductores de vehículos motorizados cuando circulen junto a ciclistas, respetando en todo momento las distancias de seguridad y la velocidad de sus vehículos.
Durante la campaña del pasado año se impusieron un total de 969 denuncias, la mayoría de ellas (un 58%) por circular por aceras o jardines.
MARCO JURÍDICO
- Ordenanza de Circulación, aprobada por acuerdo de 28 de mayo de 2010 y publicada en el B.O.P. el 17 de junio de 2010.
- Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
- Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.