14 de octubre de 2026
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La jueza de la DANA señala a Pradas y Argüeso y sostiene que podrían haber evitado las muertes de La Torre si hubieran cumplido sus funciones

La magistrada Nuria Ruiz Tobarra, que investiga la gestión de la DANA del 29 de octubre de 2024, considera que existen indicios claros de que las muertes registradas en la pedanía valenciana de La Torre podrían haberse evitado si la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y el exsecretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso hubieran ejercido correctamente sus responsabilidades. La jueza cuestiona el retraso de los avisos a la población, los errores en el mensaje Es-Alert y la falta de decisiones oportunas durante la emergencia.

La investigación judicial sobre la DANA que devastó numerosos municipios de la provincia de Valencia incorpora nuevas conclusiones sobre la actuación de los responsables autonómicos de Emergencias.

En un auto conocido el martes 13 de octubre de 2026, la titular del Juzgado de Instrucción de Catarroja, Nuria Ruiz Tobarra, analiza las circunstancias en las que fallecieron vecinos de La Torre y establece una posible relación entre esas muertes y las deficiencias en la gestión de la emergencia.

La resolución señala especialmente a Salomé Pradas y Emilio Argüeso, ambos investigados en la causa, por su actuación durante las horas decisivas de la catástrofe.

La magistrada considera que los responsables autonómicos disponían de competencias y mecanismos de actuación que podrían haber permitido advertir a la población del peligro con mayor antelación.

La jueza considera que las muertes podrían haberse evitado

Uno de los aspectos más relevantes de la resolución es la valoración judicial de las circunstancias en las que se produjeron los fallecimientos.

La instructora sostiene que existen indicios de que las víctimas podrían haberse salvado si los investigados hubieran ejercido las funciones que les atribuía la normativa de protección civil.

La magistrada relaciona estas muertes con el retraso en la activación de medidas de protección y con la falta de avisos suficientemente claros sobre los riesgos de la inundación.

La resolución se refiere a La Torre, una de las tres pedanías de Valencia que registraron víctimas mortales durante la DANA. En el conjunto del término municipal fallecieron 17 personas, cifra que no debe confundirse con el número de víctimas exclusivamente de La Torre.

Estas conclusiones forman parte de la instrucción judicial y no constituyen todavía una sentencia que determine responsabilidades penales definitivas.

Los vecinos de La Torre no sabían el peligro que corrían

Una de las circunstancias que destaca la jueza es que en La Torre no estaba lloviendo de manera especialmente intensa cuando se produjo la llegada de la riada.

Esta situación pudo provocar que numerosos vecinos no fueran conscientes de la gravedad del peligro.

Algunas víctimas se encontraban en sus viviendas, otras habían bajado a los garajes y varias fueron sorprendidas por el agua mientras caminaban por la calle o circulaban en sus vehículos.

La magistrada considera que la ausencia de una advertencia eficaz impidió que estas personas pudieran adoptar medidas de autoprotección.

Entre las situaciones examinadas figuran las de una pareja, un matrimonio con su hija, personas que regresaban del trabajo y un hombre con movilidad reducida que se encontraba en su domicilio.

El análisis judicial pone especial atención en las consecuencias de no haber advertido a los ciudadanos de que debían evitar las plantas bajas, los garajes y los desplazamientos.

El mensaje Es-Alert llegó tarde y no advertía del peligro real

La resolución también cuestiona el proceso de elaboración y envío del mensaje de alerta masiva a los teléfonos móviles.

El Es-Alert fue enviado a las 20:11 horas del 29 de octubre de 2024, cuando numerosos municipios ya sufrían las consecuencias de las inundaciones.

La jueza considera que la comunicación llegó tarde y que su contenido no transmitía de forma suficientemente precisa los riesgos que afrontaba la población.

Durante la elaboración del mensaje se manejaron diferentes borradores, algunos de los cuales recomendaban permanecer en los domicilios o evitar desplazamientos.

Sin embargo, la magistrada destaca que el mensaje finalmente enviado no advertía de manera expresa del peligro de bajar a un garaje o permanecer en una planta baja.

En el caso de La Torre, esta información habría sido especialmente importante porque algunas víctimas fallecieron precisamente en esas circunstancias.

La jueza sostiene que una advertencia para subir a las plantas superiores, enviada antes de las 20:57 horas, podría haber salvado vidas en la pedanía.

La actuación de Salomé Pradas fue tardía y errónea, según la magistrada

La resolución dedica una parte importante a analizar las competencias de la entonces consellera de Justicia e Interior.

La jueza considera que Salomé Pradas debía conocer las responsabilidades que le correspondían como máxima autoridad en la dirección de la emergencia autonómica.

Según su valoración, cuando la exconsellera comprendió que le correspondía asumir las decisiones como mando único en la situación 2 del Plan Especial ante el Riesgo de Inundaciones, ya se había perdido un tiempo decisivo.

La magistrada cuestiona tanto el retraso en la toma de decisiones como las dudas surgidas durante el proceso de elaboración de las alertas.

También recuerda que durante aquella jornada existían avisos meteorológicos de nivel rojo y abundante información sobre la evolución de la emergencia.

Para la instructora, estos elementos debían haber provocado una respuesta más rápida y eficaz de los responsables de protección civil.

La jueza cuestiona que Emilio Argüeso no acudiera al Cecopi

El auto también examina el papel desempeñado por Emilio Argüeso, entonces secretario autonómico de Emergencias y director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.

La magistrada considera difícil de comprender su explicación de que no tenía obligación de acudir al Centro de Coordinación Operativa Integrado, conocido como Cecopi.

La jueza recuerda que la convocatoria del Cecopi se realizaba desde la propia agencia que dirigía Argüeso.

Por ello, cuestiona que el responsable autonómico mantuviera una participación tan limitada durante una emergencia de semejante gravedad.

La instructora considera que esa falta de intervención pudo influir en la gestión de la situación y en sus consecuencias mortales.

Nuevas diligencias sobre los avisos enviados a La Torre

La investigación no se limita a valorar las actuaciones de Pradas y Argüeso.

La jueza ha ordenado nuevas diligencias para reconstruir qué información recibieron las autoridades locales durante las horas anteriores a la riada.

Entre ellas figura un requerimiento al Ayuntamiento de Valencia para que identifique al funcionario destinado en La Torre que prestaba servicio el día de la DANA.

También solicita documentación sobre las comunicaciones recibidas por la alcaldía pedánea entre las 7:00 y las 21:00 horas del 29 de octubre de 2024.

El objetivo es determinar qué avisos llegaron, desde qué organismos se enviaron y en qué momento fueron trasladados a los responsables municipales.

La documentación solicitada incluye comunicaciones procedentes de servicios de emergencias y otras administraciones públicas.

El papel de María José Catalá y los alcaldes pedáneos

La investigación también examina las comunicaciones mantenidas entre la alcaldesa de Valencia, María José Catalá, y los representantes de las pedanías afectadas.

El alcalde pedáneo de La Torre, Rafael Arnal, declaró el pasado 5 de octubre que no recibió avisos directos del Centro de Coordinación de Emergencias.

Según su testimonio, fue la propia alcaldesa quien compartió en un grupo de WhatsApp el aviso rojo emitido por la Agencia Estatal de Meteorología.

La magistrada ha acordado citar como testigo al alcalde pedáneo de Horno de Alcedo, una localidad próxima a La Torre, para obtener más información sobre las comunicaciones mantenidas durante la emergencia.

El testigo podrá aportar voluntariamente los mensajes del grupo relacionados con la DANA.

Sin embargo, la jueza ha rechazado incorporar de manera general a la causa todo el contenido de ese chat, diferenciando entre la información relevante para la investigación y las comunicaciones que no considera necesario solicitar.

Una emergencia anunciada con horas de antelación

Otro de los argumentos centrales de la resolución es que la DANA no fue un fenómeno meteorológico completamente inesperado.

Durante los días anteriores existían previsiones de lluvias intensas y el propio 29 de octubre se activaron avisos meteorológicos de máxima gravedad.

La jueza recuerda que la situación fue seguida durante toda la jornada por los medios de comunicación y por los organismos responsables de emergencias.

También cuestiona que no se movilizara a determinados efectivos de bomberos forestales para vigilar cauces y que la convocatoria del Cecopi se produjera de manera anormalmente tardía.

A su juicio, la acumulación de retrasos y decisiones deficientes contribuyó a que la población no recibiera instrucciones adecuadas antes de la llegada del agua.

La investigación judicial continúa abierta

Las conclusiones recogidas en este nuevo auto representan un avance en la investigación sobre la posible responsabilidad penal de los responsables autonómicos de Emergencias durante la DANA.

La magistrada considera que existen indicios que justifican continuar investigando la relación entre las decisiones adoptadas y los fallecimientos registrados.

No obstante, corresponde al procedimiento judicial determinar si esos indicios permiten acreditar finalmente responsabilidades penales.

Pradas y Argüeso mantienen su condición de investigados y conservan su derecho a la presunción de inocencia.

La incorporación de nuevas declaraciones, documentos y comunicaciones permitirá profundizar en la reconstrucción de las horas críticas del 29 de octubre de 2024.

Casi dos años después de la catástrofe, la investigación sigue tratando de responder a una de las principales preguntas planteadas por las familias de las víctimas: si una actuación más rápida y unas alertas adecuadas habrían permitido evitar parte de las muertes provocadas por la riada.

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